La Corte de Apelaciones de Santiago declaró admisible el recurso de protección en contra del alza del pasaje de metro en horario punta, que comenzó a regir el pasado lunes 15 de febrero y que elevó el valor en 20 pesos.
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El fallo, dado a conocer por el abogado Cristian Norambuena en su cuenta de Twitter, establece que “se declara admisible el recurso en lo que respecta a la garantía constitucional contenida en el artículo 19 Nº2 de la Carta Fundamental”.
“A lo principal, pídase informe al recurrido Ministerio de Transporte y telecomunicaciones y a la Empresa de Transporte de Pasajeros Metro S.A. el que deberá evacuar en el término de cinco días, remitiendo a esta ilustrísima cortes, conjuntamente con su informe, todos los antecedentes que existan en su poder sobre el asunto que ha motivado el recurso”.
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El recurso fue presentado el 25 de febrero y en el se solicita que se deje “sin efecto la nueva alza del pasaje del transporte Público capitalino por discriminador, arbitrartio e ilegal”.
Al tiempo que se pide “que los recurridos adopten de inmediato las providencias necesarias para informar a la población de la suspención del alza de pasajes”.
PUB/NL