Justicia aumentó pena de cárcel para Miguel Krassnoff por homicidios de miembros del MIR

 En fallo unánime, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago modificó la participación penal del ex agente de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), brigadier (r) Miguel Krassnoff Martchentko, de encubridor a autor de homicidio calificado de los miembros y dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionario (MIR), Alejandro de la Barra Villarroel y Ana María Puga Ortiz, matrimonio asesinado el 3 de diciembre de 1974 en la comuna de Providencia.

Por lo anterior, el tribunal de alzada capitalino aumentó la pena de 5 años y un día de presidio a 15 años y un día de cárcel.

Asimismo, los magistrados Juan Manuel Muñoz Pardo, Amanda Valdovinos y Christian Le Cerf ratificaron las sentencias por los crímenes de 15 años y un día de presidio para los ex agentes de la DINA Manuel Contreras Sepúlveda, Marcelo Moren Brito, Ricardo Lawrence Mires y Pedro Espinoza Bravo responsabilizados como autores de ambos homicidios y de 10 años y un día de presidio para Eduardo Jaime Astorga acusado como cómplice.

De acuerdo a los antecedentes del proceso: “agentes de la DINA lograron averiguar que los miembros y dirigentes del Movimiento de Izquierda Revolucionario Ana María Puga Rojas, actriz y profesora; y Alejandro de la Barra Villarroel, cientista político; tenían un hijo de un año y meses de edad que asistía a un jardín infantil, ubicado en calle Andacollo 1620 de la comuna de Providencia. Los agentes fueron a constatar su existencia el día 2 de diciembre de 1974, revisando los libros de matrícula; y el día 3 de diciembre del mismo año se organizaron en grupos para esperar que aquellos concurrieran, como lo hacían diariamente, a retirar del jardín al infante; se distribuyeron, aproximadamente a las dieciséis horas, según órdenes e instrucciones del día anterior, por las calles próximas al citado jardín infantil; en Ricardo Lyon con California, un grupo compuesto por los agentes Rinoldo Alismer Rodríguez Hernández, José Silva, Heriberto Acevedo y José Fritz Sparza; y otro, formado por Ricardo Lawrence, Rufino Jaime y José Valdebenito, se situó en Avenida Bilbao, entre Lyon y Pedro de Valdivia; de esta manera cuando los miembros del primer grupo vieron aproximarse el automóvil “Peugeot 404”,color blanco, que ya conocían, con ambos militantes del MIR en su interior y que no se detuvo frente al Jardín Infantil, lo que avisaron al otro contingente, de modo que fueron interceptados por éste último en el cruce de calle Andacollo con Avenida Francisco Bilbao, disparando contra la pareja, sin que hubiese habido orden de detención ni resistencia de su parte, muriendo ambos a causa de heridas cefálicas y cervicales. Posteriormente, los cuerpos de Ana María Puga Rojas y Alejandro de la Barra Villarroel fueron llevados hasta el recinto de “Villa Grimaldi” y después sus restos trasladados hasta el Servicio Médico Legal, organismo que practicadas las autopsias respectivas, los entregó a sus familiares”.

En el aspecto civil, la Tercera Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Rodrigo Hernández Puga, hijo de la mujer víctima. Asimismo, el Fisco y los condenados deben cancelar solidariamente $50.000.000 (cincuenta millones de pesos) a Álvaro de la Barra Puga, hijo de ambas víctimas.

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