Navarro y Gutiérrez critican fallo de la Corte Suprema por Leopoldo López

Los parlamentarios se pronunciaron además respecto de las eventuales consecuencias o efectos de éste.

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  2. Gobierno acatará fallo de la Corte Suprema por Leopoldo López

El senador del Movimiento Amplio Social (MAS), Alejandro Navarro, y el diputado del Partido Comunista, Hugo Gutiérrez, emitieron una declaración pública en la que rechazan el fallo de la Tercera Sala de la Corte Suprema de Justicia, dictamen que requirió a la Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA), para que se constituya en las cárceles venezolanas en que se encuentran privados de libertad los opositores al Gobierno de ese país, Leopoldo López y Daniel Ceballos.

El máximo tribunal de Chile, en el fallo divulgado ayer, declaró que, respecto de la situación de cautiverio de los opositores venezolanos “Resulta visible que operan en este caso todos los requisitos exigibles para que actúe la jurisdicción universal protectora de los derechos humanos antes mencionada, desde que los tribunales de la República Bolivariana de Venezuela no aparecen actuando con suficiencia en la protección de los derechos de sus ciudadanos ya individualizados; y hasta se podría sostener con al menos cierta connivencia con los propósitos políticos del gobierno local”.

Al respecto, la declaración de los parlamentarios Navarro y Gutiérrez expone en sus primeros párrafos que la determinación de la Corte Suprema está mal fundamentada por cuatro razones.

Primero, porque “la doctrina de la jurisdicción universal – que impone el deber de perseguir penalmente los criminales de lesa humanidad y a sus ejecutores – se ha aplicado de manera desprolija y sin ninguna fundamentación de doctrina ni de hecho”, señala el texto.

Segundo, porque el tribunal prescinde de información oficial de la Suprema Corte de Justicia Venezolana o del Gobierno Venezolano y su Embajada en Chile, y supone que Daniel Ceballos se encuentra recluido “cuando en realidad esta persona está hace más de 60 días con arresto domiciliario en su casa, junto a su familia, lo que revela dramáticamente la desinformación y extemporaneidad del fallo”.

Tercero, porque el fallo señala expresamente que se basa “únicamente en información de Internet y medios de comunicación, siendo incapaz de investigar y levantar pruebas empíricas que lo sustenten”, situación que resulta inaceptable.

Cuarto, porque el fallo asimila la condición de los dos opositores venezolanos a la condición de víctima de genocidio “el séptimo punto del documento indica como casos de Jurisdicción Universal el llamado caso Pinochet, el caso argentino de Adolfo Scilingo (2005), el caso conocido como Genocidio de Guatemala (1999) y el Genocidio del Tíbet (2005) y ninguno de ellos es asimilable a la condición de procesados y condenados”.

Posteriormente, luego de cuestionar el fundamento del fallo, los parlamentarios se pronuncian respecto de las eventuales consecuencias o efectos de éste.

Al respecto, Navarro y Gutiérrez postulan que “Este fallo parece ser un hecho premeditado para presionar la intervención de la OEA en las elecciones venezolanas” (comicios del 6 de diciembre); que el “fallo expone al sistema judicial chileno, puesto que ahora cualquier país latinoamericano podrá demandar a Chile por la vulneración de derechos contra comuneros Mapuche”; que la determinación “ordena al Gobierno a acudir a la OEA, y con ello los Ministros de la Corte Suprema usurpan las funciones exclusivas de la Presidenta de la República”, y, finalmente, que el veredicto de la Suprema “va a avergonzar a Chile en el nivel jurídico internacional, tras poner un Poder del Estado al servicio de una operación política internacional, la cual busca desestabilizar al Gobierno de Venezuela”.

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