Una rosa para los derechos migratorios de los cubanos

Por Micaela Hierro Dori, Presidente de la Red Latinoamericana de Jóvenes por la Democracia en Cuba

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El regreso a La Habana el día lunes 11 de mayo de Rosa María Payá, nos recuerda una vez más que los cubanos no gozan de los derechos migratorios reconocidos internacionalmente. Ella viajó a pesar de las amenazas que hay contra su vida, para rendir homenaje a su padre, Oswaldo Payá, líder fundador del Movimiento Cristiano Liberación, cuya muerte fue provocada por agentes del gobierno cubano en un accidente automovilístico (que de accidente tenía lo mismo que Raúl Castro de democrático).

La particularidad del caso, es que Rosa María, quien meses después de la muerte de su padre tuvo que emigrar forzosamente de Cuba por razones de persecución política, se vio nuevamente forzada a regresar antes de cumplir los dos años en el exterior si es que no quería perder el derecho a residencia en su propio país. Pues, de acuerdo a la ley (injusta) migratoria en Cuba, aquellos cubanos que permanezcan fuera del país más de 24 meses, pierden los derechos de residencia en el país.

Soy argentina y ya van más de dos años que vivo en Alemania. Y no se me ocurre que pierda el derecho de regresar a vivir a mi país por el simple hecho de decidir libremente -por un tiempo- de vivir en el exterior. Ni tampoco me imagino tener que hacer trámites para obtener el permiso de vivir donde nací, sino que sólo la obligación de informar al Estado en donde elijo establecer mi domicilio.

La política migratoria que comenzó a regir a partir del 14 enero de 2013 en Cuba, flexibilizó la salida de los cubanos hacia el exterior, quienes no gozaban del derecho a salir de su propio país, como está estipulado en el “Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos de 1966”. Si bien esta norma internacional no obliga al Estado Cubano -pues a pesar de haberlo firmado en el año 2008, no la ratifica-, es bueno recordar que el derecho de libre movimiento, es un derecho humano fundamental inherente a toda persona. Y el derecho de libre movimiento, implica tanto el derecho a salir, como el derecho al retorno: “Nadie podrá ser arbitrariamente privado del derecho de entrar a su propio país”, sentencia la Carta Fundamental, lo que se condice con mi argumento de que la república de Cuba, niega a todos los cubanos que permanecen más de dos años fuera del país por considerarlos “emigrados”. Por otro lado, en el párrafo 3, se advierte que “los derechos antes mencionados no podrán ser objeto de restricciones salvo cuando éstas se hallen previstas en la ley necesarias para proteger la seguridad nacional, el orden público, y sean compatibles con los demás derechos reconocidos  en el presente Pacto”.

En la lógica del régimen autoritario, algunos miembros de la sociedad civil son un peligro para el orden público; este es aquél que ellos definieron hace 55 años sin ningún tipo de tolerancia a la diferencia de opiniones, donde los ciudadanos no pueden exigir sus derechos y no pueden manifestar sus desacuerdos con la forma de gobierno. Es así como aquellos cubanos que deciden emigrar buscando aires de libertad, terminan siendo desplazados en forma permanente si es que no regresan a su país. Terminan siendo removidos los ex presos políticos que fueron forzados al exilio y hoy no gozan del derecho de retorno a su propio país.

En esta dimensión, quiero mencionar que durante estos 18 meses transcurridos en que rige la nueva ley migratoria, “por razones de interés público”, el Gobierno no ha autorizado la salida del país en distintas ocasiones a ciudadanos cubanos como a Carlos Amel Oliva, Antonio Rodiles, Manuel Cuesta Morúa o Tania Bruguera, por lo que queda claro que en vez de reconocer los derechos de los ciudadanos, están simplemente haciendo concesiones marginales.

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Es tan grave la situación como el hecho que los cubanos corren el peligro de ser apátridas de facto que, según el derecho internacional de migración, es la situación de personas que poseen la nacionalidad de un Estado pero luego de haber salido del mismo, el Estado se rehúsa a proteger sus derechos.

Y no sólo lo anterior: Cuba está violando el “Derecho a la Unidad Familiar” estipulado en la “Declaración Universal de DDHH de 1948”, al negar la libre circulación y selección del lugar de residencia. Por ello, el viaje de Rosa María Payá a La Habana, estuvo lleno de simbolismos. No sólo fue a recordar a su padre y a solicitar el pedido de la investigación internacional de su muerte y la de Harold Cepero (el joven del MCL que sufrió la misma suerte), sino también porque ella recuerda su legado: primero con el “Proyecto Varela” con el pedido del Plebiscito, ahora renovado con la campaña “Cuba Decide” y, segundo, con el “Proyecto Heredia”, campaña por el derecho de los cubanos a viajar libremente.

Recordando el proyecto de ley del “Reencuentro Nacional” propuesto por Payá, la restricción de viajar al exterior no es la única medida del gobierno autoritario cubano que se viola en materia del derecho migratorio internacional, sino también la falta de libertades de movilizarse dentro del país y de emigrar de una provincia a otra. Cuando la oposición cubana denuncia los “cambios fraude“, es porque se hacen cambios en las medidas migratorias, haciendo pequeñas concesiones y no terminan de reconocer los derechos de los cubanos.

La libertad de movimiento es un derecho fundamental y no se nos ocurre que el Gobierno nos considere ilegales por mudarnos de provincia dentro del mismo territorio nacional. Así fue consensuado hace 60 años en el artículo 13.1 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

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