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¿Se puede bajar el precio de los medicamentos en Chile?

En Chile, con excepción de los genéricos, está entre los países de Latinoamérica con los precios más elevados.

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Algunos ejemplos de esto son:

Farmacia Daniela 3

 

Lamentablemente, nuestros sistemas de Salud tampoco aportan mucho para que los enfermos puedan acceder a sus tratamientos. Quienes no se encuentran bajo el amparo del GES o la ley Ricarte Soto, deben enfrentar, por su propia cuenta, la enorme carga que conlleva  un tratamiento farmacológico.

Debido a esto, un gran porcentaje de éstos debe intentar, con un altísimo costo de bolsillo, obtener sus medicamentos. Otros, simplemente, no pueden.

PROPUESTAS QUE AYUDARÁN A BAJAR LOS PRECIOS DE MEDICAMENTOS:

1)    Venta por parte de Cenabast a farmacias y organizaciones de enfermos.

El Ejecutivo debe apoyar a sus ciudadanos permitiendo que Cenabast venda a las farmacias y organizaciones de enfermos en forma directa, así todos los Chilenos se beneficiarían del precio que obtiene el Estado de Chile a través de las licitaciones públicas, ver link https://www.cenabast.cl/wp-content/uploads/2017/11/Informe-Web-Mayo-2019.pdf y observar precios de Cenabast.

 

2)  Modificaciones al Decreto 79/2010 que regula al recetario magistral.

Desde siempre el recetario magistral ha sido un gran regulador del mercado de los medicamentos, pues permite bajas de diez y más veces en los precios.

         Las modificaciones básicas son:

a)         Modificar el actual Art. 5 que prohibe elaborar preparados magistrales en las mismas dosis y formas farmacéuticas de productos registrados.

Sin duda esta prohibición es solo en protección de las grandes empresas multinacionales.

b)         Modificar artículo n° 37: Asignar un vencimiento de 6 meses a 1 año a los preparados magistrales y no los 40 días que exige el  reglamento actual.

No hay ningún fundamento técnico que sostenga esta exigencia, Hoy la FDA, la Agencia Española de Medicamentos y países como Argentina o Portugal, asigna desde 6 meses y hasta 1 año de vigencia a los preparados magistrales, dependiendo de la naturaleza química de éstos.

c)         Medicamentos Huérfanos.

Las farmacias, droguerías y laboratorios farmacéuticos se entenderán facultados para importar las materias primas que sean necesarias para el tratamiento de enfermedades raras o de baja prevalencia y que sean consideradas como drogas huérfanas, por autoridad local o internacional, debidamente reconocida como agencia farmacéutica de alto estándar, tales como FDA, EMA u otros de similares características.

Esta indicación se encuentra hoy incluída en la Ley de Fármacos II. Rogamos que se mantenga.

 

3) Generar competencia mediante el incentivo de ingreso al país de fármacos bioequivalentes de todos los países aprobados por la OMS.

Hoy, el Instituto de Salud Pública, sólo permite que ingresen fármacos bioequivalentes de algunos países. Inexplicablemente no permite el ingreso de medicamentos bioequivalentes provenientes de Corea del Sur, Malasia, China, Rusia, Tailandia, Taiwán, India, u otros de calidad.

La ley de fármacos II no aporta en nada a este punto, ¿proteccionismo?. Interesante sería obtener una respuesta concreta de los diputados miembros de la Comisión de Salud, tales como Sres. Celis, Bellolio, Gahona, o Mix, para señalar algunos y describir que la propuesta es transversal a los colores políticos.

 

4)  Importaciones vía receta médica.

La importación de medicamentos para uso personal es un arma de suma importancia, pues permite atender las necesidades de muchos enfermos, tanto con fármacos no disponibles o que se comercializan a precios extremadamente elevados en nuestro país, impidiendo con ello su acceso a la mayoría de los enfermos.

La importación y dispensación deberá efectuarse sólo por los establecimientos farmacéuticos autorizados para tales efectos, o bien en forma directa por el enfermo o un familiar directo de este (padre, madre, hijos, hermanos) o asociaciones de enfermos que cuenten con personalidad jurídica.

 

5) Eliminación por parte del Gobierno en cuanto a su propuesta de venta en supermercados y otros para los medicamentos de “venta directa”.

No es posible que nuestro Gobierno esté legislando para causar más daños que beneficios a la población, estudios Europeos demuestran que esta idea es un error que sólo perjudicará la salud de la población.

 

Todas las farmacias deben estar obligadas a vender TODOS los medicamentos (especialmente genéricos) disponibles en Chile y no solo los de marcas propias o en convenio con grandes empresas.

Esta norma complementada con el recetaje por DCI e implementada en la Ley de Fármacos II, incentivará la importación y producción de más genéricos, y la competencia necesariamente llevará a la rebaja de precios

No existe necesidad de traspasar otro negocio, además de los que ya poseen, a las cadenas de farmacia (“Licitación de Fonasa”), a las cuales se le sumarían los supermercados para posibles colusiones.

Finalmente, hacemos un llamado al Gobierno  y a nuestros legisladores para que legislen en pro de la población y no a favor de los grandes intereses económicos, tomándose medidas que ayuden eficazmente a la población en general, tales como las expuestas en este documento.

Más información en www.farmaciadaniela.cl –  Av. Portugal N° 16 – Santiago.

 

 

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