Estas son las empresas condenadas por prácticas antisindicales

Frente al tema, la directora del Trabajo, Cecilia Sánchez, dijo que “acá las vulneraciones son a la libertad sindical, entendida como el derecho de las asociaciones de formase sindicatos, de no interferir o no tener injerencia en los acuerdos sindicales, o bien, muchas veces, despedir a trabajadores que tienen fuero laboral”.

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En la lista aparecen empresas del sector minero y educacional, además de empresas de supermercados y de comida.

Dentro del primero rubro, se encuentran SCM Corporación de Desarrollo del Norte (Codenor, ex Cosayach), condenada 2 veces en enero de este año al pago de 100 UTM por cada infracción.

Además, aparece Minera Escondida, con sentencia en mayo de este año. También figura la empresa de transportes mineros Pietro Depetris e Hijos y Cía. Ltda., con una multa que asciende a las 100 UTM.

En el sector educacional se presentan los casos de Fundación Educacional Nuestra Señora de la Paz, con 50 UTM; Sociedad Palma y Penna Ltda. (Colegio Liahona), con 20 UTM, y Servicios Educacionales Integrales (Christian Garden School), con 100 UTM.

Entre las conductas sancionadas se consideró la separación ilegal de trabajadores con fuero sindical; actos de injerencia, conductas destinadas a debilitar el sindicato y obstaculización al funcionamiento sindical; hostigamiento a dirigentes y a socios del sindicato.

Asimismo se tuvo presente en los procesos sancionatorios: despido antisindical (respecto de trabajadores sin fuero); práctica desleal en la negociación colectiva; y no otorgar el trabajo convenido al trabajador con fuero sindical.

Reiteración

Respecto a la reiteración de conductas sancionadas durante los últimos tres años destacan cuatro empresas: SuBus Chile S.A., RedBus Urbano S.A., Hipermercados Líder y Starbucks Coffee Chile S.A.. A esta última, por segunda vez los tribunales le aplicaron la multa más alta, de 300 UTM.

Detalles

De acuerdo a la Ley 19.886, las empresas condenadas por la justicia por prácticas antisindicales quedan excluidas como proveedoras del sistema de compras públicas del Estado durante dos años, a contar de la fecha en que la sentencia se encuentra en condición de ejecutoriada.

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