Queda listo para ser ley proyecto que pone fin al multirut

 

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Era uno de los anhelos del mundo sindical y este martes ya quedó listo para cumplirse. Tras siete años y por 90 votos a favor, cinco en contra y dos abstenciones, la Cámara de Diputados aprobó en tercer trámite constitucional y despachó a ley, el proyecto que establece un nuevo concepto de empresa, aclarando el concepto de empleador y resolviendo el uso de la figura del multirut por las empresas.

 

Desde las dependencias del Congreso, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Javiera Blanco, destacó que la amplia mayoría lograda en el trámite legislativo. “Estamos dando un tremendo paso al despachar a ley este proyecto. Estamos muy contentos porque esto permite reforzar la defensa de los derechos de los trabajadores, que muchas veces bajo la figura de división de razones sociales de una misma entidad veían limitados sus derechos colectivos“, señaló.

 

La secretaria de Estado agregó que “por fin vamos a poder establecer legalmente que dos o más empresas serán consideradas como un empleador real común a pesar de la diferenciación de razones sociales. Estamos reestableciendo, a través de una ley, que esa figura de división de razones sociales en ningún caso a va afectar derechos colectivos de los trabajadores”, como la sala cuna y otros.

La ministra Blanco dijo que “ahora los trabajadores van a poder establecer un sindicato interempresas que involucre a trabajadores de Multirut y para el empleador en estos casos será obligación negociar con ellos a diferencia de lo que ocurre hoy que es solo facultativo del empleador”, enfatizando que esta es una señal importante y que forma parte de la agenda laboral del gobierno para terminar con la desigualdad “que ocurre hoy en el campo laboral donde hay asimetrías grandes entre trabajadores y empleadores”.

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Los cambios

 

Una vez promulgada la ley, las modificaciones legales que entran a regir son:

1. Se establece que las obligaciones que derivan de los derechos laborales y previsionales, individuales y colectivos de los trabajadores, recaen sobre la figura del Empleador y no sobre la figura de la empresa, como era hasta ahora.

2. Las empresas que sean consideradas como un mismo empleador, serán solidariamente responsables del cumplimiento de las obligaciones laborales emanadas de la ley, los contratos y convenios.no podudiendo evadir sus responsabilidades, ya que todas sus empresas quedarán obligadas.

3. Los trabajadores de todas las empresas consideradas como un solo empleador podrán constituir uno o más sindicatos o mantener sus organizaciones existentes, pudiendo negociar con todas las empresas o con cada una de ellas. El derecho de opción para negociar recaerá en los trabajadores y sus sindicatos.

4. Se establecerá que son los Tribunales de Justicia los llamados a dirimir controversias sobre la identidad del empleador real en los casos en que se requiera. El Juez tendrá la libertad necesaria para obtener todos los elementos de juicio que permitan su determinación y contará con un informe de la Dirección del Trabajo, junto con la facultad de solicitar los informes que estime necesario.

5. El Juez determinará las obligaciones laborales y previsionales a las que el empleador debe dar cumplimiento. Si no lo hiciera se expondrá a multas de hasta 100 UTM ($4.100.000), la que podrá repetirse hasta obtener dicho cumplimiento.

 

6. Cuando se establezca que dos o más compañías son consideradas como un solo empleador, los efectos de esta declaración se aplicarán a todos los trabajadores de las empresas, tanto para efectos laborales como previsionales.

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