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Corte multa a matinal de CHV por comentarios sobre Claudio Fariña y Carla Zunino

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó un castigo de $7,9 millones a “Contigo en la mañana” que había impuesto el CNTV.

La Corte castigó al matinal por sus comentarios sobre Zunino y Fariña.

La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó una multa de 150 UTM ($7,9 millones) contra del matinal “Contigo en la mañana” de Chilevisión. La sanción la impuso en primera instancia el Consejo Nacional de Televisión (CNTV) debido a comentarios formulados a propósito de los problemas de Claudio Fariña y Carla Zunino, ocurridos a comienzos del año 2020.

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De acuerdo con el sitio web del Poder Judicial, en el programa se exhibieron “contenidos vulneratorios para la dignidad de las personas”. Se divulgaron “antecedentes de un proceso judicial en curso. De tal forma, que se facilita la posibilidad de incurrir en victimización secundaria”. En la denuncia ante el CNTV por la cual se sancionó al matinal se dice que en esos comentarios “se justifica un caso de violencia intrafamilar”.

Los comentarios se formularon el 10 de enero de 2020, cuando a Claudio Fariña lo formalizaron por el delito de amenazas, en el contexto de violencia intrafamiliar. Julio César Rodríguez y Monserrat Álvarez mostraron una nota con lo ocurrido con la pareja y cómo las familias afrontan una separación cuando son conocidas.

En la denuncia ante el CNTV se indicó también que los “panelistas hablan de ‘circunstancias del amor’ y dinámica de pareja. Critican que la afectada realizó la denuncia correspondiente ante tribunales de justicia, cuestionando roles parentales”, dice la queja. “Señalan que debe esperarse que pase la situación por el bien del hijo. Ignoran la situación de violencia contra la mujer actual en Chile y promueven que se pasen por alto amenazas vividas. Se defiende figura del agresor y cuestiona accionar de la víctima”, se indicó en la denuncia.

Corte ratifica

El CNTV propuso una multa de 150 UTM. Más tarde, ese monto quedó ratificado. Ahora en la Corte de Apelaciones se indica que la situación “vulnera la condición digna al amagar la vida privada de las personas y revictimizarlas en función de su vulnerabilidad. Infringe el principio del correcto funcionamiento de la televisión”.

Luego que el Chilevisión apeló el castigo, la Sexta Sala de la Corte ratificó la multa, en una decisión unánime de los ministros María Rosa Kittsteiner y María Paula Merino y el abogado Rodrigo Asenjo.

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