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Problemas con uso de flamantes Mobike reabre debate sobre necesidad de reponer en Chile las licencias de conducir para ciclistas

El debate ha estado centrado en la necesidad de educar a la población acerca del sistema, llegando incluso más allá, hasta la idea de reponer la legislación que establecía una licencia de conducir para ciclistas.

En 2013 Chile ya se ubicaba entre los “top ten” en el mundo por el uso de la bicicleta como medio de transporte y las cifras del 2017 -en una encuesta realizada por la Mutual de Seguridad y Adimark- daban cuenta de que un 14% de los santiaguinos elegía este medio para trasladarse por sobre el automóvil o el Transantiago.

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Este aumento también se ha visto reflejado en el crecimiento que han tenido los sistemas de bicicletas públicas, que incluso han llevado a más municipios a incorporar este tipo de iniciativas para sus vecinos.

Incluso en las últimas semanas Las Condes y La Reina se unieron para implementar Mobike, un moderno sistema que permite a través de una aplicación en el celular acceder a bicicletas de pago, sin necesidad de llegar a una estación para abordarlas.

Sin embargo, la iniciativa no ha estado exenta de comentarios especialmente luego que en las redes sociales se hayan difundido imágenes de situaciones inusuales ocurridas con las bicicletas.

Por eso es que el debate ha estado centrado en la necesidad de educar a la población acerca del sistema, llegando incluso más allá, hasta la idea de reponer la legislación que establecía una licencia de conducir para ciclistas.

A través de su cuenta de Twitter, el Movimiento Furiosos Ciclistas (MFC) inició la discusión afirmando: “Ya que la #Bicicleta es un #MedioDeTransporte, que opinan de que el compedal certifique sus conocimientos de la Ley de Tránsito y de que cada una tenga una identificación como se hacía en Chile hace unas décadas atrás. Deberían volver? Justifique su respuesta”.

Si bien en algunos casos defendieron la certificación y la posibilidad de retomar un empadronamiento de las bicicletas, varias voces apostaban a que ello iría en una línea equivocada.

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El alcalde de Las Condes, Joaquín Lavín -uno de los defensores del uso de nuevos medios de transporte- entró a la discusión también asegurando que la palabra en este debate es “respeto”.

Por su parte Ciudadano Intermodal, argumentó que la “experiencia en el mundo muestra que se trata de una medida regresiva, otra cosa es abogar por una #educacionvial acorde al año 2018. Tengamos cautela con la forma de plantear temas, el lenguaje construye realidad y fácilmente da importancia a elementos hace décadas ya superados”.

https://twitter.com/elirgeo/status/973326784652611586

Licencia y patente de bicicletas

En 1964 se decretó la Ordenanza General de Tránsito, que establecía una serie de normas para “todas las personas que como peatones o conductores de cualesquiera clase de vehículos, ya sean motorizados, a propulsión humana o a tracción animal y las que cabalguen animales, lleven éstos de tiro o en arreos, usen o transiten por los caminos, calles y demás vías públicas, rurales o urbanas, caminos vecinales o particulares destinados al uso público de todo el territorio de la República”.

La iniciativa finalmente fue derogada en 1985, pero en ella se establecía entre otras cosas en su artículo 5º que “Ninguna persona podrá conducir su vehículo motorizado, a propulsión humana, o a tracción animal, sin poseer una licencia expedida por alguna Municipalidad autorizada al efecto”.

Estableciendo la licencia Clase E para conducir vehículos a propulsión humana, tales como bicicletas, triciclos y carros de mano destinados al flete de carga.

Para obtener la licencia se establecía en la normativa que los postulantes debían “saber leer y escribir; tener 12 años de edad a lo menos y rendir ante el Departamento del Tránsito de la Municipalidad correspondiente un examen sobre conocimientos elementales de las materias contempladas en la presente Ordenanza”.

A esta exigencia además se sumaba la de la inscripción de los vehículos de tracción humana -bicicletas incluídas- para la obtención de una patente.

“Los vehículos señalados en la Clase E del citado artículo 12, llevarán una sola placa-patente en su parte posterior, de las dimensiones y características que se señalan en el anexo N.o 6 de esta Ordenanza”, se establecía en la normativa de 1964.

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