El Gráfico Chile

TAS rebajó sanción a Harold Mayne-Nicholls

El organismo disminuyó la sanción que pesaba sobre el ex presidente de la ANFP de tres a dos años. El antofagastino está habilitado para ejercer funciones directivas.

(Robert Prezioso/Getty Images)

Harold Mayne Nicholls fue Presidente de la ANFP entre 2007 y 2011, anotando como mayor hito de su gestión el arribo de Marcelo Bielsa como seleccionador nacional. El dirigente, paralelamente, tenía una amplia trayectoria en la FIFA donde ocupó distintos cargos y funciones. Una de las últimas fue presidir, en 2010, la Comisión de Evaluación de las candidaturas a los mundiales de 2018 y 2022.

PUBLICIDAD

Dichos torneos mundiales fueron otorgados a Rusia y Qatar, respectivamente. La decisión, sin embargo, estuvo empañada por una serie de ilícitos y el chileno no quedó fuera de los cargos: se le acusó de violar el código Ético de FIFA en sus artículos 13 (conducta), 15 (lealtad), 19 (conflicto de intereses) y 20 (Ofrecimiento y aceptación de regalos y beneficios).

Por dichos incumplimientos el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), órgano independiente al que la FIFA recurre para este tipo de conflictos, sancionó a Mayne Nicholls con 7 años sin opción de ejercer ninguna labor ligada al fútbol, el 6 de julio de 2015. El antofagastino apeló a esta sanción y logró, el 22 de abril de 2016, que esta se redujera a 3 años.

Recomendado

El ex presidente de la ANFP logró una segunda disminución del castigo presentando el 27 de junio de este año, una nueva apelación que apuntaba a la suspensión cautelar de la sanción y la publicación íntegra del informe García, investigación a profundidad de la concesión de los nombrados torneos mundiales.

El reclamo fue acogido y Martin Schimke, Bernard Hanotiau y Luigi Fumagalli, árbitros del TAS consideraron que los dos años que finalmente le dieron «representan una sanción apropiada y proporcional». La decisión se basó en que, según los últimos antecedentes, el ex timonel del fútbol chileno no habría incurrido en la violación del artículo 20 (regalos y beneficios).

En opinión del panel del TAS que estudió el caso, Mayne-Nicholls violó los artículos del Código Etico de la FIFA relativos a las reglas generales de conducta (13), lealtad (15) y conflicto de intereses (19), pero no se demostró que incumpliera el 20, que se refiere al ofrecimiento y aceptación de regalos y otros beneficios.

Mayne-Nicholls había declarado a EFE, en su última apelación, que «No era un trabajo de una única persona. Y si hubiese querido influir en cualquier sentido en alguna de las 9 candidaturas, el resto se habría resistido. Lideré un trabajo honesto, serio, profesional y con conclusiones claras».

Con esto, el nortino podrá volver a ejercer funciones directivas ya que cumplió la sanción de dos años que comenzó el 6 de julio de 2015.

 

Tags

Lo Último