Conflicto estudiantil: Abogado Tomás Vial asegura que “no puede haber un plebiscito”

El constitucionalista de la Universidad Andrés Bello, explicó los alcances de la idea que ha surgido en algunos sectores respecto a la posibilidad de realizar un plebiscito para determinar las modificaciones al sistema educacional.

¿Se puede desarrollar una plebiscito en Chile?

En la Carta Fundamental está bien restringida la posibilidad de un plebiscito. Sólo se puede practicar en el caso de una reforma constitucional y cuando las cámaras insistan en rechazar un proyecto del Presidente o viceversa y es el propio Mandatario el que lo convoca.

O sea, ¿no se puede hacer un plebiscito por la educación?

No se puede. Estas son normas estrictas o sea no se puede inventar algo así, habría que hacer una reforma constitucional para permitir al Presidente o a los ciudadanos a que se convocaran a plebiscito.

Hubo un plebiscito en 1988…

Ahí habían normas transitorias de la Constitución y ahí era la Junta Militar quien decidía.

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