El 18 y 19 se debe hacer
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Sólanich fue enfático al respecto. La ley 8.278 asegura que es obligación izar la bandera del país los días 18 y 19 de septiembre durante las Fiestas Patrias. A esto se suma la obligación de hacerlo cada 21 de mayo.
¿Se puede izar la bandera en otra fecha?
El 16 de septiembre de 2011 durante el Gobierno de Sebastián Piñera entró en vigencia la Ley nº20.537, que permitió izar la bandera en cualquier día del año. Antes no estaba permitido sin una previa autorización.
¿Cómo se debe izar?
La bandera se debe izar de forma completa (en un asta blanca). En caso de que se viva en un departamento o lugar sin jardín, la bandera debe estar extendida totalmente en forma vertical u horizontal, debiendo siempre quedar el cuadro azul en la parte superior y a la izquierda de quien la observe
Hasta cinco UTM
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El ponerla al revés, el no izarla o no exhibirla son algunas de las causales de multas. Estas van desde las 1 a 5 UTM ($42.304 a $211.520).
¿Y si viajo?
Muchos no pasan en sus casas las Fiestas Patrias, por lo que en algunas ocasiones, no dejan la bandera puesta. En este caso la ley no dice nada, por lo que sigue siendo obligación exhibir la bandera aunque no haya nadie en la casa.
Emblema patrio
Según la constitución la bandera es un emblema patrio por lo que debe respetarse. Por lo que la utilización de una bandera sucia, arrugada o en mal estado pudiese constituir una falta.