Presentan primera normativa para uso de drones en el país

La iniciativa a cargo de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil presentó el reglamento que rige para la utilización de drones. La primera en nuestro país y también en Latinoamérica.

Durante esta mañana, la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil (DGAC) dio a conocer la primera normativa de Chile que regirá el vuelo de aeronaves pilotadas a distancia (RPAS), más conocidas como drones.

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Este reglamento tienen un carácter transitorio, ha sido denominado como DAN 151 y marca el lineamiento de modernización y avance que propicia la DGAC en el ámbito de la navegación y el Sistema Aeronáutico Nacional (SAN).

La DGAC reconoce el relevante papel que estos drones están jugando en diversas operaciones de servicios, en la obtención de información y también de auxilio en casos como fenómenos naturales o hehcos que impacten a la sociedad. Es por esto que  que s eha decidido contribuir a estos cambios, ordenando el reglamento de este tipo de operaciones.

Especialistas de la DGAC trabajaron durante meses para reunir la experiencia internacional, adaptándola a la realidad chilena y a lo que se prevé para el futuro.

La DAN 151 está dirigida a entidades e instituciones que prestan servicios a la comunidad, entre ellas, los medios de comunicación nacionales que desarrollan un papel clave en mantener informada a la cuidadanía.

El principal objetivo de esta norma es fortalecer y maximizar las medidas de seguridad y protección a los usuarios y a la comunidad, que apuntan a mantener los más altos estándares de la aviación en el país.

Por su parte, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI), estima que no antes del año 2018 podría estar disponible una normativa internacional para este tipo de aparatos.

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Requisitos para la autorización del uso de drones

Toda persona o entidad que desee realizar operaciones con drones, con fines de servicio público, deberá obtener previamente una autorización de la DGAC.

Para ello, deberá registrar la aeronave, presentar una solicitud, una declaración jurada simple de responsabilidad solidaria, una declaración jurada simple de haber recibido instrucción y luego un formato de solicitud de vuelo.

La DGAC se encargará de administrar una prueba a los operadores, tras lo cual, según el resultado, emitirá una credencial transitoria, mientras se establecen las correspondientes licencias y habilitaciones de drones.

La norma DAN 151, también contiene especificaciones respecto a los lugares en donde será posible volar, entre ellas operar a una distancia mayor a dos kilómetros de un Aeropuerto o Aeródromo; también, deberán abstenerse  – por temas de seguridad operacional- de hacerlo en zonas restringidas y prohibidas publicadas por la institución, volar durante la noche y a una distancia mayor a 500 metros. No se podrá volar estos aparatos  a una altura mayor de 130 metros y en áreas en donde se combaten incendios.

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