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La Corte Suprema dictó sentencia definitiva en la investigación por los delitos de asociación ilícita, secuestro y homicidio del ex químico de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) Eugenio Berríos Sagredo, ilícitos perpetrados a partir de octubre de 1991, en Chile y Uruguay.
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En fallo dividido (causa rol 8278-2013), la Segunda Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Milton Juica, Hugo Dolmestch, Carlos Künsemüller, Haroldo Brito y Lamberto Cisternas- rechazó los recursos de casación y confirmó las penas dictadas por la Corte de Apelaciones de Santiago en contra de los siguientes militares en retiro de Chile y Uruguay:
-Arturo Silva Valdés: 15 años y un día de presidio, como autor del delito de secuestro con homicidio, más 5 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios;
-Hernán Ramírez Rurange: 10 años y un día, como autor del delito de secuestro; 10 años y un día, por asociación ilícita, y absuelto de obstrucción a la justicia. Sin beneficios;
-Eugenio Covarrubias Valenzuela: 10 años y un día, como autor de secuestro; 5 años y un día por asociación ilícita, absuelto de su participación como encubridor de secuestro con homicidio y obstrucción a la justicia. Sin beneficios;
-Jaime Torres Gacitúa: 10 años y un día, como autor de secuestro y 5 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios;
-Manuel Provis Carrasco: 10 años y un día, como autor de secuestro y 5 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios;
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-Pablo Rodríguez Márquez: 10 años y un día, como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Sin beneficios;
-Raúl Lillo Gutiérrez:10 años y un día, como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Absuelto del cargo de obstrucción a la justicia. Sin beneficios;
-Manuel Pérez Santillán: 5 años y un día, como cómplice de secuestro y absuelto del cargo de asociación ilícita. Sin beneficios;
-Tomás Casella Santos (militar uruguayo): 10 años y un día, como autor de secuestro y 5 años y un día por asociación ilícita. Sin beneficios;
-Eduardo Radaelli Copolla (militar uruguayo): 10 años y un día, como autor de secuestro y 800 días por asociación ilícita. Sin beneficios;
-Wellington Sarli Pose (militar uruguayo): 5 años y un día, como cómplice de secuestro y 60 días asociación ilícita. Sin beneficios;
-Marcelo Sandoval Durán: 10 años y un día, como autor de secuestro, 800 días por asociación ilícita y absuelto por infracción al artículo 295 bis del Código Penal. Sin beneficios;
-Nelson Román Vargas: 10 años y un día, como autor de secuestro, 800 días por asociación ilícita y absuelto del cargo de infracción al artículo 295 bis del Código Penal. Sin beneficios;
-Fernando Torres Silva: 10 años y un día, como autor de asociación ilícita. Sin beneficios;
-Enrique Ibarra Chamorro: absuelto de responsabilidad como autor del delito asociación ilícita;
-Mario Cisternas Orellana: absuelto por su responsabilidad como autor de infracción al artículo 295 bis del Código Penal;
-Nelson Hernández Franco: absuelto por su responsabilidad como autor de infracción al artículo 295 bis del Código Penal;
-Érika Silva Morales: absuelta por su responsabilidad como autora de infracción al artículo 295 bis del Código Penal.
-Emilio Rojas Gómez: absuelto por su responsabilidad como autor del delito de obstrucción a la justicia.
En el aspecto civil, se acogió el recurso de casación planteado por el fisco y se rechazó la demanda civil presentada por familiares de la víctima.