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Estos son los antecedentes que no pueden pedir los colegios en los procesos de admisión

Antecedentes médicos, liquidaciones de sueldo de los padres o certificados de bautismo son algunos de los aspectos que no se pueden solicitar al momento de incorporar a un niño al sistema escolar.

En estos últimos meses del año se da inicio a los procesos de admisión de los establecimientos educacionales para los futuros niveles, donde a lo largo del tiempo algunos colegios han establecido ciertos requisitos de ingreso algo inusuales a sus futuros estudiantes. 

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Se exigen certificados de bautizo, matrimonio de los padres, e incluso informes socioeconómicos para aventurar el comportamiento en los diversos ámbitos del alumno, los que han originado que según cifras de la Superintendencia de Educación, desde enero a agosto se hayan presentado 106 denuncias por los procesos de admisión en contra de establecimientos educacionales. 

Con la entrada en vigencia de la ley de inclusión a partir de marzo de 2016, los establecimientos educacionales deben ceñirse a criterios establecidos en la normativa, donde según el instructivo que tiene como fin resguardar los derechos de los estudiantes, “el proceso de admisión es un mecanismo clave para lograr un sistema educativo inclusivo, que fortalezca la integración, garantice la equidad y la igualdad en el acceso a las escuelas”

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Al momento de pensar dar inicio a los procesos de admisión de los colegios de los niños, ya sean en los primeros cursos o niveles de transición (prender, kínder, 1º y 7º básico, 1º medio) o cualquier nivel académico, es importante que los padres y apoderados tengan presente los aspectos que desde los colegios deben publicar como información y los antecedentes que no son necesario pedir. 

Al momento de dar inicio a los proceso de admisión, los colegios deben tener disponible información relevante para el acontecimiento, sobre el número de vacantes por cada nivel, los criterios de admisión, plazos de postulación y fecha de publicación y documentación de los resultados, requisitos de los postulantes, antecedentes y documentación a presentar, tipos de pruebas a las que serán sometidos los postulantes, monto y condiciones de cobro del proceso y el proyecto educativo del establecimiento. 

Además de conocer esta información, es necesario considerar que hay aspectos que no pueden ser solicitados por las autoridades de los colegios, como por ejemplo: 

-Considerar el rendimiento pasado o potencial de los estudiantes.

-Exigir cobros no autorizados por la normativa educacional.

-Exigencia de fichas de antecedentes médicos para detectar el estado de salud o discapacidad del estudiante, salvo en los casos que la normativa educacional expresamente lo permita.

-Exigencia de fotografías del grupo familiar y de certificados de bautismo, y/o de matrimonio civil y/o religioso, para conocer el estado civil de los padres.

-Solicitar liquidaciones de sueldo de padres o apoderados, ficha de protección social de la familia o categorización en el Fondo Nacional de Salud y otros, con el fin de conocer la condición socioeconómica de la familia.

-Impedir o dificultar el ingreso de alumnas embarazadas o en proceso de maternidad.

De acuerdo a lo consultado a la Superintendencia de Educación (Supereduc), los colegios particulares pueden seguir realizando procesos de selección, es importante señalar que “ningún establecimiento educacional en Chile, que cuente con reconocimiento oficial del Estado, puede establecer criterios de discriminación arbitraria en sus proceso de admisión (…) Transgrede la normativa educacional solicitar antecedentes de escolaridad de la familia, certificados médicos del estudiante, o acreditar su bautismo o matrimonio civil y/o religioso de los padres”, sostienen desde la Supereduc. 

Desde la misma institución que fiscaliza a los organismos educacionales, fueron enfáticos en señalar que si algún padre o apoderado se encuentra con establecimientos que piden estos antecedentes “pueden hacer la denuncia ante la Superintendencia de Educación a traces de la página web o en las oficinas regionales”.

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