Chile cierra última jornada de alegatos enfatizando vigencia del límite marítimo

El equipo de abogados de Chile expone este viernes en la última jornada de audiencias del juicio impulsado por Perú ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ) de La Haya, buscando convencer al panel de magistrados de la vigencia de un límite marítimo con el vecino país del norte.

La defensa chilena responderá la interrogante formulada por el magistrado marroquí Mohamed Bennouna, quien preguntó a las partes si era posible delimitar una zona marítima en 1952, de acuerdo con las leyes de la época. 

El encargado de abrir la sesión fue el presidente de la CIJ, Peter Tomka, quien de inmediato dio la palabra al australiano James Crawford, considerado uno de los más importantes juristas de Derecho Internacional.

El especialista de la defensa chilena abrió su alegato destacando que la postura peruana se basa en “supuestos de derechos de equidistancia que son anacrónicos”.

Junto con precisar que “Perú parece ver la historia yendo hacia atrás”, el jurista australiano al servicio de Chile aclaró que la Declaración de 1952 estableció “una norma a seguir y reflejó una política deliberada e importante”.

James Crawford indicó además en su exposición que en el marco de la declaración de Santiago de 1952 “Perú hizo efectiva su soberanía al disparar 16 veces contra embarcaciones chilenas pesqueras que no llevaban armas. También, en su momento, el navío Onasis fue interceptado y obligado a pagar una multa. Todo esto fue para defender sus derechos de soberanía”. 

El abogado también calificó de “sorprendente” la interpretación que el vecino país del norte hace de los tratados ya que apunta a que los jueces hagan “caso omiso” a la frase “frontera marítima” que aparece en el Artículo 1 de 1954.

El jurista aclaró durante su alegato que “el significado ordinario de frontera marítima es frontera marítima”. 

Mientras Lima afirma que no existe un acuerdo fronterizo que oficialice su límite marítimo con Chile, para Santiago, en cambio, la frontera quedó definida en tratados suscritos por ambas naciones en 1952 y 1954, así como en señalizaciones de terreno realizadas en 1968 y 1969.

upi/so//

Tags

Lo Último


Te recomendamos