Fiscalía investigará irregularidades con firmas de Parisi y Jocelyn-Holt

El Ministerio Público abrió una investigación penal de oficio para determinar si se incurrió o no en delitos por las irregularidades denunciadas por una indagatoria periodística por las firmas que les permitieron a los candidatos Franco Parisi y Tomás Jocelyn Holt postularse como aspirantes a la Presidencia de la República el pasado 17 de noviembre.

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El jefe regional de la Fiscalía Metropolitana Centro Norte, Andrés Montes, ordenó la apertura de una causa por el momento desformalizada para determinar los hechos que señaló el diario “El Mercurio” a través de su grupo de investigación periodístico “El Polígrafo”, quienes a través de la Ley de Transparencia revisaron las 95 mil firmas que sirvieron para que ambos postulantes al sillón presidencial se presentaran en los comicios en primera vuelta.

Montes designó al fiscal de la Unidad de Alta Complejidad, Marcelo Carrasco para que establezca si los notarios Roberto Mosquera y María Gloria Acharan incurrieron en infracciones penales reguladas en el artículo 443 del Código Orgánico de Tribunales y el artículo 193 del Código Penal respecto a no corroborar todos los antecedentes de las personas que facilitaron sus firmas para que ambos candidatos pudieran presentarse ante el Servicio Electoral (Servel).

El fiscal Montes se comunicó esta mañana con el Fiscal Nacional, Sabas Chahuán para informarle de la apertura de esta indagatoria debido a los graves hechos constatados en la investigación periodística, justo cuando el jefe del Ministerio Público se entrevistará esta mañana con el ministro del Interior, Andrés Chadwick en el Palacio de La Moneda.

Las irregularidades denunciadas señalan que por ejemplo la notaria Acharan validó las rúbricas de 17.426 personas en un solo día, mientras que Mosquera no corroboró el domicilio de las personas firmantes, donde se estableció que algunos de ellos dieron direcciones de supermercados y fábricas y no de sus domicilio particulares.

Además, fuentes de Tribunales señalan que la ministra visitadora de la notaría Acharan, Amanda Valdovinos pedirá al Pleno de la Corte de Apelaciones de Santiago que se abra una investigación administrativa o disciplinaria en contra de ambos ministros de fe para indagar si los hechos denunciados son verídicos.

Los artículos señalados apuntan que en el artículo 443 del Código Orgánico de Tribunales establece que “el notario que incurriere en falsedad autentificando una firma en conformidad con el artículo 425, que no corresponda a la persona que haya suscrito el instrumento respectivo, incurrirá en las penas del artículo 193 del Código Penal. Cuando por negligencia o ignorancia inexcusables autentificare una firma que no corresponda a la persona que aparece suscribiéndola, sufrirá la pena de presidio menor en su grado mínimo o multa de cinco a diez ingresos mínimos mensuales”

Asimismo en el Código Penal, los hechos se tipifican por “la falsificación de documentos públicos o

auténticos” y señala que “será castigado con presidio menor en su grado máximo a presidio mayor en su grado mínimo el empleado público que, abusando de su oficio, cometiere falsedad, 1° Contrahaciendo o fingiendo letra, firma o rúbrica; 2° Suponiendo en un acto la intervención de personas que no la han tenido; 3° Atribuyendo a los que han intervenido en él declaraciones o manifestaciones diferentes de las que hubieren hecho; 4° Faltando a la verdad en la narración de hechos sustanciales; 5° Alterando las fechas verdaderas; 6° Haciendo en documento verdadero cualquiera alteración o intercalación que varíe su sentido; 7° Dando copia en forma fehaciente de un documento supuesto, o manifestando en ella cosa contraria o diferente de la que contenga el verdadero original; 8° Ocultando en perjuicio del Estado o de un particular cualquier documento oficial”.

Por último, el artículo 129 de la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios establece que “el notario que autorizare la firma o impresión dactiloscópica de un elector, sin exigir su comparecencia personal en el acto de suscripción del patrocinio a una candidatura, sufrirá la pena de reclusión menor en su grado mínimo a medio”, apunta el texto legal.

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