Los humedales son todos aquellos lugares que proveen de recursos hídricos en el sistema acuático continental, que incluye a marismas, pantanos, lagos, ríos, turberas, entre otros. Son lugares que a nivel internacional fueron protegidos en virtud de la Convención de Ramsar el año 1971, principalmente por su valor como nido de aves migratorias.
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En Chile, y después de más de 30 años de suscrita la Convención por nuestro país en el año 1981, los sitios efectivamente resguardados a nivel nacional son 12, sin embargo a lo largo del territorio existen casi 30.000 humedales. Aún no existe una legislación a nivel local, que regule de manera directa la protección de humedales en general.
Por tanto, ¿qué pasa con los humedales que no son sitios Ramsar? ¿Por qué es tan importante que exista una normativa?
Para responder estas preguntas, es fundamental conocer los beneficios integrales que aportan los humedales. Estos proveen los más diversos servicios ecosistémicos, son focos de biodiversidad con presencia de flora y fauna. Son los riñones del planeta, puesto que purifican el aire de las toxinas existentes en el ambiente, actúan como reservas de aguas y tienen un gran valor paisajístico.
El proyecto de ley que crea el Servicio de Biodiversidad representa en este sentido una oportunidad para normar la protección de los humedales. ¿Cómo? A través de establecer un concepto amplio, definir los lineamientos de actuación y crear nuevas categorías de protección como la Reserva Natural Urbana (que incluya a los humedales urbanos) y los Humedales de Importancia Ecológica, que al ser establecidos por el Estado en esta calidad, puedan ser susceptibles de protección por parte del nuevo servicio que se pretende crear.
El vacío normativo, implica que existan prácticas como el drenaje, el relleno o bien la destrucción de humedales que han sido imposibles de detener. Nuestra inactividad tiene un precio y es un precio muy caro para el medio ambiente.
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