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El subsecretario de Salud Pública, Jaime Burrows, señaló que con la aprobación del artículo 100 del Código Sanitario en la Cámara, el incentivo a la venta de determinados productos farmacéuticos conocido como “la canela” fue eliminado definitivamente de las farmacias.
Esto significa que nadie puede recibir un incentivo económico con la finalidad que el consumidor o el paciente privilegie el uso, prescripción, dispensación, venta o administración.
Asimismo, queda establecido que otras personas que trabajan en el expendio de los medicamentos, como un químico farmacéutico u otros, no pueden tener como parte de su contrato una renta variable que depende de vender más medicamentos.
El subsecretario Burrows manifestó que “nuestra intención siempre ha sido frenar el consumo irracional de medicamentos que es un tema de preocupación mundial y quelamentablemente nuestro país es uno de los que encabeza el autoconsumo y consumo excesivo de medicamentos”.
Actualmente las personas van a la farmacia y comprar un medicamento, mientras que el dependiente, determinado por una oferta, los inducía a la compra de otros productos.
“Es importante que las personas entiendan que el dependiente en la farmacia estaba vendiendo por un estímulo monetario y no por un interés sanitario. Lo que a nosotros nos importa desde el punto de vista sanitario es que justamente las personas no consuman más medicamentos que los que debiera”, explicó.
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Por otra parte, el subsecretario puntualizó que se podrán hacer descuentos y entregar beneficios a los consumidores siempre y cuando que quien lo haga, no haya recibido beneficio económico por inducir la compra.
La nueva medida comenzará a regir en cuanto se publique en el Diario Oficial.
PUB/VJ