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El comunero Guido Carihuentro fue condenado por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal (TOP) de Temuco a la pena de ocho años de presidio efectivo y al pago de una multa de 12 unidades tributarias mensuales (UTM), lo anterior, como autor del delito consumado de incendio de cosas muebles.
El fallo unánime, se condenó a Carihuentro por el ataque efectuado cerca de las 04:00 de la madrugada del 1 de enero de 2015, en el predio de propiedad de Alejo Vielma Palma, en el sector Guñimo, a la altura del kilómetro 18 de la Ruta S-60, vía que une Freire con Barros Arana, en la provincia de Cautín de la Región de la Araucanía.
En la oportunidad, junto a un número indeterminado de individuos, Carihuentro provocó un incendio que afectó a tres camiones y dos máquinas agrícolas. Producto de este atentado, cuatro de estas cinco máquinas resultaron completamente destruidas, provocando pérdidas avaluadas en $110.889.514.
Además de la pena efectiva de cárcel y la multa de 12 UTM, el TOP de Temuco condenó a Guido Carihuentro a las penas accesorias de inhabilitación absoluta para cargos u oficios públicos, e inhabilitación absoluta perpetua para derechos políticos, durante el tiempo que dure la condena.
Durante la audiencia se logró acreditar que «una vez en el lugar, (Guido Carihuentro) procedió a aplicar fuego a tres camiones y a dos máquinas agrícolas, que producto de la acción del fuego resultaron destruidos por carbonización», según detalló el Poder Judicial.
PUB/VJ