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La Corte Suprema confirmó la multa aplicada contra de la Isapre Cruz Blanca por infringir la normativa sobre la notificación de cobranzas que rige a las instituciones de salud privada y rechazó así un recurso de apelación interpuesto por la empresa.
La resolución de la Primera Sala de febrero del máximo tribunal confirmó así la multa de 600 UF (unidades de fomento) a la prestadora privada de salud, decretada por la Superintendencia de Salud por utilizar logos y distinciones de la empresa Dicom para notificar deudas a cotizantes morosos.
«Lo actuado por la Superintendencia se ajusta a las facultades conferidas por la ley, (en las que) se establecen una serie de prohibiciones que tienen por objeto descartar y prevenir la inducción que pudieren sufrir, en este caso, los destinatarios (afiliados o no a la Isapre) de incorporarse eventualmente al registro público de deudores morosos como se conoce a Dicom, con las consecuencias que se conocen en el ámbito laboral, financiero y social», señala el fallo del máximo tribunal.
DP/PCP