Este miércoles el Ministerio de Educación presentó un proyecto de ley que tiene como objetivo reguardar los derechos de los estudiantes que están en instituciones de educación superior que se encuentran en situaciones de proceso de cierre por haberse declarado en quiebra, por lo que las Ues, CFT e IP deberán seguir prestando los servicios educacionales hasta la fecha de cierre señalada en el decreto de revocación del reconocimiento oficial dictado por el Mineduc.
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este proyecto de ley fue aprobado por unanimidad por la Comisión de Educación de la Sala del Senado, para luego seguir con discusión en la Comisión de Educación de la Cámara de Diputados.
De acuerdo al artículo 113 del libro IV del Código de Comercio se establece que los acreedores de una quiebra deben seguir con sus actividades por un período de un año, el que incluso puede llegar a prorrogarse por el mismo período.
“Lo anterior, con el objeto de resguardar el derecho a la educación de los y las estudiantes afectados de conformidad a lo dispuesto en el artículo 19 N° 10 de la Constitución Política de la República, el cual establece expresamente el deber del Estado de otorgar protección al ejercicio de dicho derecho”, dice la iniciativa legal.
PUB/ SQM