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El Banco Consorcio eliminará de sus contratos de adhesión una serie de cláusulas consideradas abusivas que le facultaban para aplicar cobros indebidos a los consumidores que mantenían créditos hipotecarios y también compensará a los clientes afectados durante los últimos cinco años.
Así se desprende de un acuerdo conciliatorio alcanzado con la entidad bancaria luego de la demanda colectiva que el Servicio Nacional del Consumidor, Sernac, interpuso en abril del año 2015, luego de la denuncia de los afectados.
Según estos últimos, el Banco Consorcio utilizaba cláusulas en las que los consumidores debían pagar sus dividendos en un plazo que iba entre los días 1 a 10 de cada mes, pero si se atrasaban, les cobraba intereses moratorios a partir del día 1 y no desde el 11, como debía ser, según se explicó desde el Senac.
Las anomalías denunciadas por los clientes afectados, decían relación con que le entidad bancaria cuestionada les cobraba a los usuarios gastos de cobranza extrajudicial por períodos no permitidos por la Ley de Protección del Consumidor (LPC).
“Cuando se producía una mora, la empresa cobraba a partir del primer día de plazo de pago, y no desde que vencía el plazo según la normativa”, detalló el organismo.
En medio del proceso judicial, el Sernac consiguió acordar una conciliación con el Banco Consorcio, el que finalmente se comprometió a eliminar las cuestionadas cláusulas y, junto con ello, compensará a los cerca de mi 500 consumidores que se vieron afectados por los cobros.
En la actualidad, el Sernac mantiene una demanda similar contra el Banco Santander por esta misma práctica, y además ha debido aplicar mediaciones colectivas con otras cinco instituciones bancarias (Banco Bice, Corpbanca, Banco Itaú, Banco Internacional y BancoEstado), las cuales ajustaron sus contratos a los estándares exigidos por el organismo.