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Buscando dar un rol activo a la madre en el reconocimiento paterno voluntario, un grupo transversal de diputados, encabezado por Daniella Cicardini (PS), presentó un proyecto de ley que propone modificar el Código Civil con el objeto de exigir el consentimiento de la madre en el caso del reconocimiento paterno de un hijo de filiación no matrimonial.
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La iniciativa, enviada a la Comisión de Familia para su estudio, fue presentada con la diputada Cicardini, junto a sus compañeros de partido Maya Fernández y Denise Pascal, además de Marcos Espinosa (PRSD), Ramón Farías (PPD), Claudia Nogueira (UDI), Sergio Ojeda (DC), Karla Rubilar (IND), David Sandoval (UDI) y Germán Verdugo (RN).
En el documento, los autores señalaron que el Código Civil establece que «la filiación no matrimonial queda determinada legalmente por el reconocimiento del padre, la madre, o ambos, o por sentencia a firme en juicio de filiación». Por tanto, el padre de forma unilateral puede reconocer un hijo, mediante las formas señaladas anteriormente, y para tal acto, la norma señala que no procede exigir como requisito la obtención de la autorización de la madre.
A lo anterior, manifestaron que, si bien en esta materia, se establecieron avances con la introducción de la Ley de Filiación, esta no estableció certeza en el mecanismo que permite determinar con exactitud el parentesco de la persona que reconoce a otro como hijo, por lo que, la señalada ley presume que quien efectúa el reconocimiento es el padre biológico. “Existe, por tanto, un vacío legal en términos de que no hay un conducto o camino que logre establecer con certeza que quien reconozca a un hijo sea efectivamente el padre biológico”, afirmaron.
Asimismo, el Código Civil sostiene que el reconocimiento de un hijo puede ser repudiado si este fuere mayor de edad, dentro del término de un año, contado desde que conoció dicho acto. Si fuere menor, nadie podrá repudiarlo sino el hijo o hija cuando llegue a la mayoría de edad. Por tanto, “la norma no faculta a la madre a poder repudiar el reconocimiento hecho por un tercero, mediante la representación de su hijo, no obstante no existir vínculo algún entre las partes».
Los parlamentarios agregaron que existen antecedentes en los medios de comunicación social sobre la problemática ciudadana que provoca este vacío legal, ya que al no existir requisitos para que el padre voluntaria y unilateralmente pueda pedir el reconocimiento de un hijo, puede provocar un perjuicio para el niño, como el que personas que nunca tuvieron relación con la madre o el menor, tengan derecho a solicitar relación directa y regular, autorización para salir del país, entre otras.
En refuerzo de lo anterior, la presente moción conjuntamente pretende dar un rol activo a la madre en el reconocimiento paterno voluntario de un hijo de filiación no matrimonial, que consiste en contar con su voluntad, ante un oficial de registro civil o bien por escritura pública, otorgando el consentimiento para que tenga efecto legal el reconocimiento de la paternidad.
PUB/NL