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Acoso callejero: esto es lo que se podrá y no podrá hacer con el nuevo proyecto

“En el último año, tres de cada cuatro personas ha sufrido acoso callejero”, sostuvo la presidenta del OCAC.

El proyecto de ley de Respeto Callejero fue despachado al Senado tras ser aprobado en la Cámara Baja, buscando penalizar con multas, penas de cárcel y disculpas cuando ocurran hechos contra hombres y mujeres.

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En ese sentido, situaciones como los agarrones, manoseos, gestos obscenos, comentarios sexuales sobre el cuerpo de otra persona y fotografías y grabaciones íntimas van a ser penadas por ley.

Sobre este tema, la presidenta del Observatorio de Acoso Callejero (OCAC), María Francisca Valenzuela señaló a La Segunda que «puede sonar drástico, pero no podemos justificar las prácticas de acoso sexual callejero, sufridas en especial por las mujeres y que generan un trauma no sólo por el tipo de acoso, sino por su recurrencia».

«En el último año, tres de cada cuatro personas ha sufrido acoso callejero», complementó.

Consultada el cómo se puede comprobar ser víctima de acoso, señaló que «la persona deberá denunciar el hecho ante Carabineros, la PDI o la Fiscalía, tal como se hace hoy ante con otro tipo de delitos. Y presentar pruebas como fotografías, videos o testigos del hecho».

«No siempre se va a poder saber quién fue el acosador o tener las pruebas. No es nuestra meta encarcelar y criminalizar a quienes cometen acoso callejero, sino educar y conseguir un cambio cultural», afirmó.

Cabe mencionar que hechos como los piropos, bocinazos, silbidos y miradas no fueron considerados como prácticas penadas en el proyecto.

PUB/CM

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