Economía

Corte de agua: trabajadores que no cuenten con agua deben suspender sus funciones

 

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Debido a las consecuencias del frente de mal tiempo que han provocado la necesidad de establecer cortes de suministro de agua potable, el Ministerio del Trabajo y la Dirección del Trabajo enviaron una declaración en la que citan determinados puntos:

 

1.De conformidad a lo dispuesto por la normativa vigente, el empleador deberá garantizar las condiciones adecuadas en materia de seguridad y salud en el trabajo, para que los trabajadores puedan realizar sus labores.

 

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2.En este contexto, una de las obligaciones básicas es que los trabajadores cuenten con agua potable para el consumo y se disponga de servicios higiénicos con agua para que puedan funcionar.

 

3.En caso de no poder asegurar estas condiciones de funcionamiento básicas, sea por las vías regulares de suministro o a través, de métodos de emergencia, los trabajadores no pueden seguir desarrollando sus funciones y el empleador debe tomar las medidas necesarias para suspender las faenas en un lapso de tiempo razonable.

 

4.Los establecimientos que expenden alimentos, junto con observar la normativa laboral, deben regirse por la normativa sanitaria, según ha sido comunicado por las autoridades del sector y la Intendencia.

 

5.Hacemos un llamado a los empleadores a actuar con la mayor responsabilidad y criterio para asegurar condiciones sanitarias adecuadas de funcionamiento respecto de sus trabajadores.

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