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Condenan a empresa que comercializó álbum del Mundial Sudáfrica 2010

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal del país rechazó el recurso de casación que buscaba dejar sin efecto la sentencia condenatoria y descartó que la resolución impugnada se haya adoptado con infracción de ley.

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La Corte Suprema confirmó la condena de primera instancia dictada contra la empresa Panini Chile S.A, por infracción a la Ley del Consumidor en la comercialización del álbum del Mundial de Fútbol Sudáfrica 2010.

En fallo unánime, la Segunda Sala del máximo tribunal del país rechazó el recurso de casación que buscaba dejar sin efecto la sentencia condenatoria y descartó que la resolución impugnada se haya adoptado con infracción de ley.

En fallo de primera instancia, la firma fue condenada a pagar 40 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), casi 2 millones de peso al valor de abril del 2016, por no entregar oportunamente (en forma previa y coetánea a la venta) información relevante sobre el producto.

El fallo del máximo tribunal se refirió a que la empresa infringió la normativa, con la oferta de canje de cupones sin precisar con claridad los plazos para el cobro y hace especial hincapié en que se trata de un producto adquirido en su mayoría por menores de edad en un país “altamente futbolizado”.

“Revisado el álbum, producto que es el que los consumidores tienen a la vista, incluidos los restantes cupones por sorteo álbum completo y concurso sobres vacíos, no se logra determinar hasta cuándo podría extenderse esta posibilidad de adquirir las láminas faltantes para completar el álbum”, señala la resolución.

“De este modo, no basta la sola alusión «hasta agotar stock» por cuanto ella no otorga certeza alguna a los consumidores en cuanto el momento hasta el cual pueden pretender ejercer esta opción. Que, por lo anterior, se ha constatado infracción al artículo 35 de la Ley N° 19.496″, sostiene el fallo.

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“Se ha afectado el interés colectivo de los consumidores a quienes va destinado el producto. En efecto, es un hecho público y notorio que Chile es un país altamente futbolizado y que son los niños y adolescentes los principales interesados en adquirir y coleccionar estos artículos, con el ideal de completar su álbum y obtener algún premio en caso de lograrlo”, señala el tribunal, citando la resolución previa de primera instancia que sentenció a la empresa.

PUB/CM

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