Economía

Gobierno peruano alegará inconstitucionalidad por ley que permite retirar el 95,5% de fondos previsionales

 

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  1. Expertos opinan de nueva ley en Perú que permitirá a jubilados retirar sus fondos de las AFP

 

EFE

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El Gobierno de Perú publicó este jueves una ley, aprobada la semana pasada por el Congreso, que permite a los trabajadores retirar, cuando cumplan 65 años, hasta el 95,5% de sus aportes a las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP).

 

La norma, que motivó la oposición del Ejecutivo pero fue aprobada por insistencia en el Legislativo, fue publicada hoy en el diario oficial El Peruano.

 

Además de permitir el retiro de los aportes, la ley señala que el afiliado también podrá usar, de manera excepcional, el 25% del fondo acumulado como garantía para la cuota inicial de un crédito hipotecario para la compra de una primera vivienda «en cualquier momento de su afiliación».

 

Añade que procede también la jubilación anticipada y la devolución de aportes por enfermedad terminal o diagnóstico de cáncer.

 

El Congreso aprobó el jueves, por insistencia, esta ley, que en primera instancia fue rechazada el pasado 8 de enero por el presidente de Perú, Ollanta Humala, por considerar que significaría el incumplimiento de tratados internacionales sobre derechos humanos ratificados por el Estado peruano.

 

Tras la insistencia, el primer ministro, Pedro Cateriano, informó que Humala evalúa interponer un recurso de inconstitucionalidad, por considerar que la ley hiere «de muerte al sistema privado de pensiones».

 

Cateriano también pidió el pronunciamiento del Defensor del Pueblo, quien el viernes señaló, sin embargo, que su organismo no la considera inconstitucional, aunque admitió que existe la posibilidad de que el tema sea evaluado por el Tribunal Constitucional.

 

El presidente del Congreso, Luis Iberico, señaló que se deberá esperar a que en los próximos días la Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS) emita un «procedimiento operativo» para que los afiliados que cumplan con los requisitos puedan presentar su solicitud de retiro.

 

 

 

DP/PCP

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