La Corte de Apelaciones de San Miguel revocó la resolución del 1° Juzgado de Letras de San Bernardo y condenó a la empresa Transportes Sudtrans S.A a pagar la suma de 28 millones de pesos a Ultramar Agencia Marítima Ltda por incumpliendo de contrato.
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La resolución fue adoptada por la tercera sala de la Corte de Apelaciones de San Miguel y condenó a la empresa Transportes Sudtrans S.A. a pagar la citada multa por su responsabilidad en el extravío de un cargamento de 1.464.000 unidades de pilas marca Sony pertenecientes a la firma afectada, durante el traslado desde el puerto de Valparaíso a Santiago.
El hecho ocurrió cuando el chofer del camión que transportaba las especies desvió su recorrido y se dirigió primero a la casa de su novia ubicada en la comuna de Padre Hurtado. Al día siguiente, cuando el conductor revisaba el vehículo, fue abordado por antisociales quienes sustrajeron el cargamento.
“El contrato de transporte, según el artículo 201 del Código de Comercio, obliga al porteador, bajo pena de daños y perjuicios, a entregar la mercancía en el lugar convenido tan pronto como hubiere llegado con ellas a su destino», sostiene el fallo.
“Las normas propias del contrato de transporte son claros en determinar que la mercancía debe ser transportada en vía recta al punto en que se deba entregar, lo que excluye desvíos, y que debe recibirlas y conducirlas en el primer viaje que emprenda al lugar en que sean destinadas, excluyendo con esto cualquier clase de variante de la ruta que implique que el transporte se demore o retrase», añade la resolución del tribunal de alzada de San Miguel.
PUB / DIG