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¿Cómo utilizar el seguro en caso de sufrir un siniestro?

Una de las recomendaciones que hace seguroseguro.cl es acercarse a su corredor antes de las 72 horas luego de ocurrido el siniestro, para que este les informe cuanto antes sobre los pasos a seguir para el cobro de su póliza.

El desborde del Río Mapocho el pasado domingo 17 de abril, dejó problemas para residentes y comerciantes de Providencia: pérdidas cercanas a los US$50 millones en las ventas del comercio; 964 locales afectados, donde 35% pertenece a centros comerciales, un 15% a galerías comerciales y otro 50% a calles inundadas, fueron el resultado de este nuevo golpe de la naturaleza.

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Por esta razón, Verónica Donoso, Gerente General de SeguroSeguro.cl entrega algunos consejos sobre qué deben hacer las personas para hacer valer su póliza.

¿Qué pasa con las personas sufrieron daños importantes en sus casas, locales o automóviles tras el desborde del Río Mapocho? ¿Cómo pueden hacer valer los seguros que tienen asociados?

Lo primero que hay que hacer es llamar a su corredor de seguros. Es él quien podrá revisar su póliza, verificar las coberturas y vigencia de la póliza, guiarlos en las primeras acciones e incluso  tomar nota de los hechos para efectuar pos cuenta del asegurado el denuncio de siniestros en la compañía. Siempre es bueno dejar algún registro visual del estado de daños, y luego comenzar la limpieza del inmueble, mitigar los daños, y poner a buen resguardo los contenidos que puedan estar siendo afectados por la humedad u otra circunstancia. No es necesario que esperen que las aseguradoras lleguen al lugar a constatar las pérdidas, ya que, para este tipo de circunstancias catastróficas, no existen dudas del origen del origen y magnitud de los daños.

En segundo lugar, las personas deben hacer un denuncio de siniestro. Si bien se establece un plazo máximo de 10 días, nuestra recomendación es hacerlo en 24 horas, 48 horas y no más de 72 horas después de ocurrido el evento. Esto las personas lo pueden hacer directamente por medio del corredor de seguros, o bien, a través de los sitios web o teléfonos que tienen habilitados las compañías.

En tercer lugar, las personas deben preparar los antecedentes, pedir dos o tres presupuestos de reparación de la propiedad dañada, lo más detallados posibles en cuanto a los ítemes considerados y los costos de cada.

Finalmente, considerar que toda pérdida reclamada, en caso de empresas o comercios, debe estar contenida en la contabilidad de la empresa para que esté sujeta a indemnización, por lo que se sugiere preparar desde ya los registros contables que acrediten las mercaderías o contenidos e instalaciones reclamadas como pérdidas.

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¿Cuánto tiempo de plazo tienen las aseguradoras para responder a las personas afectadas?

En general, las aseguradoras no se demoran más de 30 días desde que está realizada la liquidación. Para realizar dicho proceso, tenemos que partir portando los antecedentes a la aseguradora. En el caso de los locales comerciales o de comida, también solicitarán las facturas o la contabilización de los activos dentro se  está reclamando como monto a indemnizar. La validación y evaluación del monto reclamado tomará algo de tiempo al liquidador. Después de ello, se hacen los cálculos a indemnizar y tomando en cuenta el deducible que tiene la cobertura y si la indemnización está o no sujeta a depreciación. Para todo ese proceso, depende mucho del tiempo que se demore el asegurado en reunir la información. El consejo es que entre antes lo haga, mejor.

¿Cuánto es la cobertura que le podría dar el seguro a la  persona afectada por un siniestro?

Lo primero que tienen considerar las personas al momento de tomar el seguro, es que el monto que declararon en la póliza, es el monto asegurado, el valor real del bien. Asumiendo que la persona tiene declarado el valor real del activo en la póliza, la compañía te va a indemnizar por el 100%, a excepción de dos cosas. Uno, la depreciación, porque es aplicable a todo lo que es instalaciones, no así mercaderías, que lo pagan al valor de costo. Pero todo lo que es instalaciones, entre más antiguo, podría aplicarse alguna depreciación; segundo, el deducible. Este es una pequeña parte de la indemnización, en la que el asegurador se tiene que hacer cargo de pagarla. Este deducible en general, la cobertura es entre 5 UF o 5% de la pérdida, lo cual se descuenta del total de la indemnización.

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