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La Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el fallo de primera instancia que acogió el acuerdo para la suspensión condicional del procedimiento en la investigación por la fallida alerta de tsunami y que derivó en la muerte de más de cien personas, la madrugada del 27 de febrero de 2010.
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La resolución fue adoptada en forma unánime por la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago que de este modo confirmó lo resuelto a principios de abril por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago, respecto del acuerdo alcanzado entre el Ministerio Público y los seis imputados en la causa, entre ellos, el ex subsecretario del Interior, Patricio Rosende, la ex directora de la Onemi, Carmen Fernández, el ex jefe del Centro de Alerta Temprana de la Onemi, Johaziel Jamett, y otros tres ex funcionarios del Shoa.
Luego de revisar los alegatos de las partes en audiencias, a raíz del reclamo de las familias de las víctimas en contra el acuerdo logrado entre el Ministerio Público y los imputados, la Undécima sala del el Tribunal de Alzada capitalino rechazó la apelación de los abogados querellantes y confirmó el fallo del Tribunal de Garantía.
Con esta resolución, los seis imputados evitaron ir a un juicio oral y a cambio deberán cumplir con los establecido en el acuerdo para la salida alternativa, estos es, el pago de un total de 245 millones de pesos -a dividir entre cada una de las familias de los fallecidos-, además de la realización de seminarios referidos a la tragedia, todo en un plazo no superior a los 18 meses.
Tras el fallo entregado esta jornada por la Undécima Sala de la Corte de Apelaciones capitalina, los abogados de la defensa de los imputados valoraron la resolución y expresaron su conformidad por el resultado, mientras que los representantes de las familias de las víctimas no descartaron recurrir de queja ante la Corte Suprema.
PUB/CM