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Aton Chile
El Senado aprobó el proyecto que modifica la Ley General de Servicios Eléctricos y establece mecanismos de equidad en las tarifas eléctricas. La iniciativa ya había sido aprobada por la Cámara de Diputados este mismo martes, por lo que el proyecto quedó en condiciones de ser promulgado como ley.
La mayoría de los legisladores valoró la iniciativa porque introduce principios que permitirán estrechar la brecha entre los distintos valores que la energía tiene a lo largo del país, beneficiando a 2,7 millones de clientes.
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No obstante, algunos senadores hicieron ver la necesidad de asumir las expectativas que esta normativa provoca en la población en cuanto a la rebaja en las tarifas.
El texto legal introduce en la normativa sobre fijación de tarifas eléctricas, determinados mecanismos cuya aplicación en el cálculo de las mismas se traducirán en un estrechamiento de la brecha existente entre los valores de este tipo de energía en las diferentes zonas del país.
En concreto, el proyecto establece rebajas en el precio cobrado por luz en aquellas comunas que tienen generación eléctrica ubicada en sus territorios, con capacidad instalada superior a los 200 megawatts.
Sus principales disposiciones son las siguientes:
– Incorpora un mecanismo de reconocimiento de generación local (RGL), en virtud del cual se establece un descuento en las tarifas eléctricas (no sólo las residenciales) de los clientes regulados de aquellas comunas que posean centrales de generación de esta energía.
– Dispone que el descuento será de hasta un 50% en función del factor de intensidad de cada comuna, el cual será calculado por la Comisión Nacional de Energía, teniendo en cuenta la razón entre la capacidad de generación instalada en cada comuna y el número de clientes sometidos a regulación de precios.
– Introduce un mecanismo de Equidad Tarifaria Residencial (ETR), en cuya virtud se modifica el componente «distribución» de las tarifas residenciales, para que la diferencia entre el promedio de las cuentas a nivel nacional y la cuenta más alta no sea superior al 10%.
DP/PCP