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La Corte Suprema condenó a la Autopista del Maipo a pagar una indemnización total de $610.00.000 a los padres, cónyuge, hijos y hermanos de Andrea Urrejola Montenegro, quien murió el 9 de marzo de 2012, en un accidente provocado por una pedrada lanzada al viaducto.
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En fallo unánime, la Primera Sala del máximo tribunal acogió el recurso de casación presentado en contra de la sentencia que rechazó la demanda de dos hermanos de la víctima, concediendo el pago de una indemnización de $5.000.000 para cada uno de ellos.
El fallo de la Corte Suprema ratifica la responsabilidad de la empresa concesionaria por la falta de medidas de seguridad en la autopista, que provocaron la muerte de la periodista.
“Queda en evidencia que si bien fue el accidente de Andrea Urrejola Montenegro el que motivó la dictación de la Ley N° 20.753 que estableció la posibilidad de exigir la instalación de rejas antivandálicas, la normativa propia que regula las concesiones viales, específicamente la Ley de Concesiones y su reglamento, ya establecían una regla general que obligaba a la demandada a garantizar la seguridad de los usuarios en la ruta y, en este sentido, era su deber adoptar todas aquellas medidas de seguridad necesarias para el funcionamiento de la obra en su integridad», sostiene el fallo.
La resolución agrega además que «la reiteración de este tipo de eventos en la misma ruta, y que han sido de público conocimiento, hacía plenamente previsible un hecho como el acontecido, de manera que para cumplir con el deber de velar por la seguridad vial de la ruta concesionaria era necesario que la demandada adoptara todas las medidas pertinentes que permitieran evitar un nuevo acontecimiento de esta índole”.
PUB/CM