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Caso Arcano: Corte aprueba extradición y orden de detención contra Alberto Chang

En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada integrada por los ministros Carlos Gajardo, Adelita Ravanales y Juan Antonio Poblete acogió el pedido del Ministerio Público de solicitar la extradición del ciudadano chileno que actualmente se encuentra en la República de Malta.

 La Corte de Apelaciones de Santiago aprobó la solicitud de extradición y la orden de detención previa de Alberto Samuel Chang Rajii, investigado en Chile en el denominado caso Arcano.

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En fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada integrada por los ministros Carlos Gajardo, Adelita Ravanales y Juan Antonio Poblete acogió el pedido del Ministerio Público de solicitar la extradición del ciudadano chileno que actualmente se encuentra en la República de Malta.

Además, el tribunal de alzada acogió la solicitud de ordenar la detención previa del requerido, al cumplirse los requisitos para acceder a dicha petición.

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«Que los fundamentos que dan sustento a la solicitud cumplen con las exigencias del artículo 431 del Código Procesal Penal, pues se trata de delitos comunes aquellos que fueron objeto de la formalización, que tienen señalada una pena privativa de libertad cuya duración mínima excede de un año, encontrándose el imputado en un país extranjero, lo que hace procedente la solicitud del Ministerio Público, debiendo accederse a ella», sostiene el fallo.

La resolución agrega que «(…) el Ministerio Público y algunos de los querellantes han pedido que se decrete la detención previa del imputado, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 434 del Código Procesal Penal, teniendo en consideración que concurren los supuestos del artículo 140 del mismo texto legal, siendo este el único medio que asegure que el imputado no se fugue del territorio de Malta, existiendo antecedentes que dan cuenta que su residencia en dicho país fue revocada. Sobre el particular es preciso tener en consideración que concurren las exigencias del artículo 442 del mencionado código que hacen procedente tal solicitud, a lo que debe agregarse que la multiplicidad de delitos que se le imputan y su renuencia a concurrir a la investigación, habiendo transcurrido un tiempo considerable de su inicio, no obstante las afirmaciones de su defensa en orden a su intención de ponerse a disposición del Ministerio Público, que no se ha materializado de manera alguna, ponen en evidencia que el peligro de fuga existe y que la manera de precaverlo y asegurar los fines de la extradición es solicitar tal detención en los términos que lo establece la referida norma».
 
Por tanto: «se acoge la solicitud de extradición hecha por el Ministerio Público respecto del ciudadano chileno Alberto Chang Rajii, quien reside en la República de Malta en contra de quien se sigue causa criminal por su responsabilidad de autor de los delitos de estafas reiteradas y los delitos de lavado de dinero».

Asimismo, «(…) se acoge el pedido del Ministerio Público relativo a la detención previa de dicho imputado, para lo cual deberá oficiarse al Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile, para que tenga a bien solicitar a la República de Malta, decrete dicha detención en los términos establecidos en el artículo 442 del Código Procesal Penal».

PUB/CM

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