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Caso Tsunami: Suprema condena al Estado a pagar $110 millones de indemnización

La sentencia establece la responsabilidad del Estado, a través del la Oficina Nacional de Emergencias (Onemi) y del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (Shoa), por falta de servicio al no advertir del riesgo de tsunami en la isla.

La Tercera Sala de la Corte Suprema, rechazó un recurso de casación y confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de 110 millones de pesos a los familiares de María Angélica Erices Oñate, que falleció tras el maremoto que azotó al archipiélago de Juan Fernández, el 27 de febrero de 2010.

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La sentencia establece la responsabilidad del Estado, a través del la Oficina Nacional de Emergencias (Onemi) y del Servicio Hidrográfico y Oceanográfico de la Armada (Shoa), por falta de servicio al no advertir del riesgo de tsunami en la isla.

En el fallo queda claro que hay suficientes elementos de juicio que permiten establecer que esos dos organismos estatales desplegaron un servicio comunicacional deficiente y no ajustado a los protocolos vigentes en torno a la alerta de maremoto que debía ser proporcionada a la población del territorio insular.

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La resolusión fue unánime, ya que los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y Manuel Antonio Valderrama votaron por rechazar en recurso de casación y confirmar la sentencia.

El monto total de la indemnización, por concepto de daño moral, se desglosa en 60 millones de pesos para Alba Rosa Oñate Sangueza (madre la víctima); 20 millones de pesos para Ana María Erices Oñate (hermana); 20 millones de pesos para Verónica del Carmen Erices Oñate (hermana), y 10 millones de pesos para Fabiola Muñoz Oñate (hermana).

PUB/CM

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