0 of 3
Como una motivante y esperanzadora noticia se tomó la Fundación Daya el fallo que dictó la Corte de Apelaciones de San Miguel, entidad que acogió un recurso de protección presentado por los padres de un paciente de Daya, un menor de cuatro años que padece Síndrome de West, y que trata su patología con aceite de cannabis.
PUBLICIDAD
Este hecho representa un segundo fallo a favor de la familia, ya que el pasado 23 de mayo la Corte Suprema de Justicia acogió de forma unánime un recurso de amparo presentado por el padre del menor, Ricardo Budín, en contra de Carabineros de Chile por ingreso ilegal a su propiedad por cultivo medicinal de cannabis, el que fue considerado por los magistrados como fuera del marco de la ley.
Cabe destacar que el afectado sufrió la incautación ilegal de dos plantas de cannabis, y dentro del fallo se indica que “la incautación de las referidas plantas importa una imposibilidad absoluta de dar continuidad al tratamiento de su hijo, cuestión que a juicio de la doctora de la Fundación Daya (La Directora de Investigación y Estudios Clínicos de Daya, la Neuróloga y Epileptóloga, Gisela Kuester) (…) lo expondría a un riesgo de aumento de crisis epilépticas, de estatus epiléptico y de regresión de su desarrollo psicomotor, con el consiguiente aumento en el riesgo de morbimortalidad”.
Además, el fallo “concluye que lo anterior constituye una vulneración a la garantía prescrita en el artículo 19 N°1 de la Constitución Política de la República que asegura a todas las personas el derecho a la vida e integridad física y psíquica, toda vez que el actuar policial impide dar continuidad a un tratamiento aconsejado por un médico, lo que puede inferir en el progresivo deterioro de la salud del menor, incuso arriesgando su vida”.
“Celebramos este nuevo fallo de la justicia, y nos parece imprescindible el reconocimiento que se hace a la protección que debe brindar el Estado, especialmente a los niños, en virtud de la Convención de los Derechos del Niño”, comentó la Directora Ejecutiva de Fundación Daya, Ana María Gazmuri.
La representante sostuvo que “el actuar ilegal de Carabineros expuso a un riesgo evitable a nuestro paciente; el fallo es claro en describir que se puso en riesgo su salud y la integridad física y síquica del niño”.
Como una medida de prueba, se presentó un certificado de cultivo firmado por la Directora Técnica de Fundación Daya, Alejandra Ahumada, además de un certificado médico fechado el 10 de abril, firmado por la Doctora Kuester.
PUBLICIDAD
“Este fallo viene a demostrar que con mi pareja no somos delincuentes como se nos hizo pasar cuando ocurrieron los hechos, y ahora podemos estar mucho más tranquilos y seguros”, agregó Labarca.
La Directora Ejecutiva de Daya finalmente sostuvo que “ya son varios los fallos de la justicia que dan la razón a nuestro proceder, y dejan claro que la ley 20.000 persigue el narcotráfico y no a los usuarios de cannabis, y es importante que las policías se instruyan al respecto, por lo que hemos tenido reuniones con las instituciones involucradas para evitar que esto vuelva a suceder”.
PUB/VJ