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El Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) anunció que se sumará a la demanda colectiva que se presentó contra una caja de compensación por créditos otorgados a adultos mayores.
El director nacional del organismo, Ernesto Muñoz, comunicó esto tras recibir esta mañana al senador Eugenio Tuma, y al presidente de la Asociación de Consumidores (Odecu), Stefan Larenas, que concretó esta accióm judicial en contra de Los Héroes, por eventuales prácticas engañosas usadas para captar clientes, especialmente de la tercera edad.
Presentada en octubre del 2014 ante el 26 Juzgado Civil de Santiago, la demanda asegura que los ejecutivos de venta de esta entidad, al momento de captar a los clientes, especialmente a los adultos mayores, les ofrecían créditos a 36 meses, y luego, mediante incentivos, les hacían firmar los documentos en blanco para luego llenarlos con plazos de hasta 84 meses, es decir, siete años.
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Tanto el parlamentario como Larenas le explicaron al director del Sernac que el tribunal civil desestimó la acción legal, argumentando que los pensionados afectados habían leído previamente los contratos antes de firmarlos, por lo que no habría infracción a la ley.
Tras recibir estos antecedentes, Muñoz anunció que el Servicio se hará parte en esta demanda ante la Corte de Apelaciones, con el propósito de revertir este fallo adverso y buscar que los consumidores afectados sean compensados.
Hay que recordar que la Caja Los Héroes fue expulsada el año 2012 de la Asociación de Cajas de Compensación por su proceder irregular en el otorgamiento de créditos de los adultos mayores con pensiones mínimas.
El presidente de Odecu, señaló que «se trata de personas muy vulnerables, con muy bajas pensiones, que solicitaron un préstamo, actuando de buena fe. Fueron manipuladas y engañadas para que finalmente les descontaran de sus magras pensiones un monto nunca acordado conscientemente ni de manera informada, aspectos esenciales de los derechos del consumidor».
En tanto, el director del Sernac sostuvo que este organismo junto a la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso), han estado trabajando en conjunto para proteger a las personas más vulnerables a través de una mesa de trabajo y recordó que esta entidad emitió circulares que obligan a este tipo de instituciones a que cualquier cambio en las condiciones del crédito como el monto, número de cuotas, meses de gracia o tasas de interés, debe ser expresamente aceptado por el afiliado; además que el plazo de los créditos no puede exceder los 60 meses y el porcentaje de descuento no puede ser más del 15% de la pensión del pensionado.
Muñoz también subrayó los índices de desconocimiento de las personas mayores en temáticas financieras, tal «Estudio sobre Comportamiento de las Personas Mayores en Materia de Consumo Financiero» de Sernac y Adimark en 2015, concluyó que un 56% de las personas mayores no conoce lo que es un producto financiero.
«El deber de profesionalismo esperado de parte de este tipo de instituciones debería ser más alto aún, pues sus beneficiarios son principalmente personas vulnerables, como adultos mayores, que muchas veces tienen las puertas cerradas en el sistema bancario», enfatizó la autoridad.
Asimismo, insistió que los consumidores tienen derecho a recibir información clara, veraz y oportuna respecto de las condiciones relevantes del crédito, esto es, la CAE y el Costo Total; a que se respeten las condiciones contratadas y publicitadas, y a que se les cobre lo justo.
La respuesta
Mediante una declaración, la aludida sostuvo que ellos no han faltado a la ley de Consumidor, refiriéndose precisamente al fallo de primera instancia.
«Respecto de las imputaciones de la Odecu, el fallo rechaza la demanda, ya que se acreditó en el juicio que CCAF Los Héroes entrega debida y suficiente la información necesaria a sus afiliados al momento de cursar un crédito», dice el documento firmado por Germán Lafrentz, gerente de Asuntos Corporativos y Negocios Los Héroes.
Asimismo, subrayan que la decisión judicial «rechazó la nulidad de ciertas cláusulas de los pagarés de CCAF Los Héroes, aclarando el fallo que los pagarés no se suscribieron en blanco, sino que con todas sus menciones llenas y las repactaciones en todos los casos fueron convenidas con los deudores y no se cursaron en ejercicio de un mandato».
En esa línea, la entidad rechaza las imputaciones de Odecu, porque «no resultan configuradas ni probadas las infracciones a la Ley del Consumidor.»
DP/PCP