Economía

Seis instituciones no bancarias ajustan contratos de créditos hipotecarios

 

Tras una mediación colectiva con el Sernac, seis instituciones financieras no bancarias accedieron a modificar tanto sus políticas de cobro como aquellas cláusulas que les permitían cobrar intereses moratorios retroactivos en sus contratos hipotecarios.

El organismo cuestionó el cobro de intereses moratorios considerando plazos que no correspondían cuando los consumidores se atrasaban en el pago de sus créditos.

En la práctica, las entidades entregaban un plazo de 10 días para que los consumidores pagaran los respectivos dividendos hipotecarios, no obstante, si el consumidor excedía ese plazo, se le aplicaba una sanción –cobro de intereses penales- desde el día uno, desconociendo de esta forma el plazo informado en el contrato para pagar los dividendos.

En ese sentido, fue cuestionada la aplicación de la misma lógica para contabilizar el plazo para generar los gastos de cobranza.

Las empresas que ajustarán sus contratos y que además realizarán devoluciones de dinero en caso de que se hubiesen realizado estos cobros improcedentes son Administradora de Mutuos M y V, Cimenta Mutuo Hipotecario, Hipotecaria Concreces, Mutuos Hipotecarios Renta Nacional, Caja Los Héroes y Metlife Chile Administradora de Mutuos Hipotecarios

Con esta mediación serían beneficiados alrededor de 6.769 consumidores, quienes recibirían una cifra aproximada de $32.521.453 en devoluciones.

En el caso de Los Héroes, la empresa ha informado que no existen montos por devolver, puesto que no aplicó cobros, lo que se acreditará por medio de auditoría.

Por su parte, Metlife le informará al SERNAC la cantidad de consumidores y valores a devolver una vez que concluya el proceso de auditoría.

El director nacional del Sernac, Ernesto Muñoz, valoró el resultado logrado con estas seis gestiones extrajudiciales, pues dijo que “se soluciona de manera rápida los problemas de los consumidores y de esta manera se cuenta con reglas claras, transparentes, equitativas y acordes a los principios indicados en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores”.

“Cuando las empresas incluyen cláusulas abusivas en sus contratos afectan los derechos de los consumidores, pues establecen como legales prácticas que infringen los principios establecidos en la LPC”, puntualizó Muñoz.

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