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Movilh y Gobierno celebran histórico acuerdo para dar paso a matrimonio igualitario

Con el acuerdo, el Estado reconoce que la prohibición del matrimonio igualitario constituye una violación a los derechos humanos y en ese sentido, el Gobierno presentará un proyecto de ley el primer semestre del 2017.

Con una ceremonia en el Puente de los Enamorados, el vocero de Gobierno, Marcelo Díaz, dio hoy a conocer los contenidos del acuerdo entre el Estado con el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh), tras una demanda internacional presentada por dicho organismo por la prohibición del matrimonio igualitario en Chile.

Con el acuerdo, el Estado reconoce que la prohibición del matrimonio igualitario constituye una violación a los derechos humanos y en ese sentido, el Gobierno presentará un proyecto de ley el primer semestre del 2017.

Junto a esto, el Gobierno se comprometió a impulsar todas y cada de las propuestas y demandas históricas de las personas lesbianas, gays, bisexuales, transexuales e intersexuales (LGBTI) de Chile, detallándolas una a una y fijando un claro cronograma para su implementación.

“Estamos en presencia de un antes y un después en la historia de los derechos humanos de la diversidad sexual en Chile, donde por primera vez todos los desafíos pendientes en materia de igualdad y no discriminación en el campo legal y de las políticas públicas son asumidos como un compromiso de Estado”, indicó el dirigente del Movilh, Rolando Jiménez.

Entre otras cosas, el Estado se comprometió a impulsar la discusión sobre el matrimonio igualitario a partir de un acto público con los tres poderes del estado que tendrá lugar a más tardar en noviembre del 2016.

Luego de esto, el Gobierno ingresará a tramitación parlamentaria su propio proyecto de ley sobre matrimonio igualitario, a más tardar el primer semestre del 2017.

Tanto en el periodo pre-legislativo, como en el posterior, el Estado, se compromete a “adoptar las medidas necesarias, incluidas acciones de promoción, para impulsar la iniciativa del matrimonio igualitario como un asunto que constituye un interés legítimo en una sociedad democrática e inclusiva”.

Respecto de la adopción, en concreto, se garantiza impulsar reformas legislativas para incorporar a los convivientes civiles a la ley 19.620 sobre Adopción de Menores, de manera que puedan ser adoptantes.

También, se impulsará reformas a la Ley 20.830 sobre Acuerdo de Unión Civil, para que “el conviviente que ha criado al niño o la niña sea reconocido como madre o padre, tenga o no lazos de consanguinidad”.

La solución amistosa, además, pone especial énfasis en la igualdad de derechos para las personas transexuales y para las mujeres, sea cual sea su orientación sexual o identidad de género.

En esta materia, el acuerdo asegura la continuidad en la tramitación de la ley sobre identidad de género, así como la promoción de indicaciones para que las personas puedan cambiar su nombre y sexo legal mediante un trámite simple y ágil en el Registro Civil.

Además, se incluirán en las políticas y programas del Ministerio de la Mujer y la Equidad de Género de la diversidad de mujeres que habitan el país, ello implica que mujeres lesbianas, bisexuales y transexuales estarán contempladas oficialmente en las políticas públicas de este ministerio.

El acuerdo también se compromete a incluir en las políticas públicas de Salud orientadas a las mujeres a las personas lesbianas, bisexuales y transexuales con el fin de responder eficazmente a la necesidad de estos grupos, para ello, se rediseñará el Programa de Salud Sexual, y Salud Reproductiva a fin de que integre a todas las personas con distintas orientaciones sexuales e identidades de género.

En cuanto a la reforma o derogación de leyes homofóbicas o transfóbicas, la solución amistosa contempla la revisión de los artículos 365 y 373 del Código Penal, con miras a su enmienda o derogación con el fin de erradicar toda forma de discriminación por orientación sexual o identidad de género.

En la actualidad el artículo 365 establece una edad de consentimiento sexual de 18 años para homosexuales, en circunstancias que para heterosexuales es de 14 años; mientras que el 373 sanciona las ofensas pudor, la moral y las buenas costumbres, lo que se presta para arbitrariedades.

Asimismo, se modificará el Decreto Supremo 924 del Ministerio de Educación, que faculta a las iglesias a decidir quiénes pueden hacer clases de religión, de manera de impedir la discriminación a docentes LGBTI.

También el acuerdo implica una reforma a la Ley Zamudio e institucionalidad antidiscriminatoria y de políticas para la educación parvularia y escolar, en el sentido de que se incluirá formalmente a la realidad de la diversidad sexual en el sistema educacional.

El Estado además se compromete en el acuerdo a incorporar datos desagregados por orientación sexual e identidad de género en los estudios o estadísticas oficiales sobre discriminación, e incluir datos acerca de la población LGBTI, de las parejas del mismo sexo y de las familias homoparentales en los estudios o estadísticas oficiales sobre protección social.

Para asegurar el cumplimiento de estos acuerdos se generará una Comisión de Seguimiento integrada por el Ministerio Secretaría General de Gobierno, la dirección de Derechos Humanos del Ministerio de Relaciones Exteriores y los peticionarios que informará periódicamente a la CIDH acerca de los avances en las obligaciones asumidas.

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