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El próximo lunes 1 de agosto se cumplirá el plazo legal para que las pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas urbanas facturen electrónicamente sus operaciones.
De acuerdo con la Ley que estableció la incorporación paulatina de los distintos segmentos de empresa al sistema de facturación electrónica, los contribuyentes obligados a emitir sus documentos tributarios en formato electrónico a contar de la próxima semana son las pequeñas y medianas empresas ubicadas en sectores urbanos, con ingresos mayores a 2.400 UF y menores a 100.000 UF, las que en total corresponden a 119.956 pymes.
A la fecha, el Servicio de Impuestos Internos (SII) informó que son 31.729 lascompañías que aún no implementan este sistema y, cerca de la mitad se encuentra en la Región Metropolitana:
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Los documentos que se deben emitir en formato electrónico son las facturas (exentas o afectas), facturas de compra, liquidación factura, nota de débito y nota de crédito.
Los contribuyentes que estando obligados a facturar electrónicamente continúen emitiendo documentos en papel con posterioridad al 1 de agosto, se exponen a una sanción por cada documento, que puede variar entre 1 UTM y 12 UTM (poco más de $550 mil). Asimismo, al receptor de este documento inválido se le podrían rechazar los créditos fiscales involucrados.