Economía

Las principales razones por las que condenan a empresas en materia de prácticas antisindicales

 

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Durante el primer semestre de este año, 19 empresas de todo el país fueron condenadas por los tribunales de justicia, debido a que incurrieron en prácticas antisindicales.

 

Así lo demuestra la nómina de empresas castigadas difundida por el organismo, cumpliendo así con el deber que le imponen los artículos 294 bis y 390 bis del Código del Trabajo.

 

En efecto, 16 de los 19 casos zanjados en el Poder Judicial fueron propiciados por la DT luego de que sus investigaciones administrativas corroboraran la verosimilitud de las denuncias presentadas por organizaciones sindicales.

 

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Esta vez los tribunales aplicaron multas por 44.443.728 de pesos, además de ordenar el cese inmediato de las infracciones cometidas, consideradas graves por el ordenamiento legal debido a que violentan el ejercicio de la libertad sindical. También disponen las medidas de reparación que consideren adecuadas a la ilegalidad incurrida.

 

Otra de las consecuencias para las empresas condenadas es que durante dos años, a partir de la sentencia ejecutoriada, no pueden ser proveedoras del Estado, según lo dispone el artículo 4º de la Ley 19.886. Es decir, quedan excluidas del Sistema de Compras Públicas del Estado por el periodo citado.

 

El director del Trabajo, Christian Melis, explicó que «esta vez hubo el mismo número de condenas que en el segundo semestre del año pasado, que es inferior a otras oportunidades», sin embargo, reiteró que «cualquier atropello a la libertad sindical es grave porque quiere decir que el empleador no entiende el valor superior que significa el derecho de los trabajadores a darse la organización que estimen más pertinente para defender con más eficiencia sus derechos».

 

El organismo indicó que las infracciones más comunes, aparecen la discriminación por sindicación, el reemplazo ilegal de trabajadores en huelga, la separación ilegal de dirigente sindical, prácticas desleales y vulneración del derecho a la libertad y autonomía sindical, entre otros.

 

En cuanto a las empresas ahora condenadas, no hay repeticiones respecto de las cuatro listas anteriormente publicadas.

 

Para ver las empresas sancionadas puede pinchar en este LINK.

 

 

 

 

 

DP/PCP

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