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El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol condenó hoy 10 años y un día de presidio efectivo a Héctor Espinoza Olivares, en calidad de autor del delito de femicidio de su cónyuge Margot Parada Castro, ilícito perpetrado el 29 de noviembre de 2015, en la ciudad de Victoria.
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El tribunal rechazó la atenuante de «haber obrado por estímulos tan poderosos que naturalmente hayan producido arrebato y obcecación», a diferencia de lo que ocurrió en el caso del femicidio frustrado de Ovalle, donde consideró a Espinoza Olivares como un celópata.
En fallo unánime, el tribunal integrado por los jueces Solange Sufán (presidenta), Germán Varas y Francisco Boero (redactor) rechazó la pretensión de la defensa de considerar la ya mencionada atenuante del artículo 11, N° 5, del Código Penal.
El fallo señala que no se puede aceptar el argumento de que una mujer sea descubierta por su marido agresor manteniendo conversaciones electrónicas con algún otro varón u observando sus fotografías o la sorprenda en un supuesto acto de infidelidad para ser agredida.
La resolución agrega que las hijas del matrimonio y el funcionario policial Hernández Olave dieron cuenta de múltiples episodios de violencia física y malos tratos ejercidos por el acusado en contra de la víctima.
Según el fallo, el acusado «se hallaba atravesado por actitudes tradicionales, según las cuales consideraba a su cónyuge como subordinada, atribuyéndole funciones estereotipadas que, en los términos convencionales perpetúan la difusión de prácticas que entrañan violencia o coacción».
ATON/MM