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Tribunal de Angol no aceptó atenuante de “arrebato por celos” y condenó a femicida

El sujeto deberá enfrentar 10 años de presidio efectivo luego de matar a su cónyuge Margot Parad en la ciudad de Victoria, en noviembre del 2015.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Angol condenó hoy 10 años y un día de presidio efectivo a Héctor Espinoza Olivares, en calidad de autor del delito de femicidio de su cónyuge Margot Parada Castro, ilícito perpetrado el 29 de noviembre de 2015, en la ciudad de Victoria. 

El tribunal rechazó la atenuante de «haber obrado por estímulos tan poderosos que naturalmente hayan producido arrebato y obcecación», a diferencia de lo que ocurrió en el caso del femicidio frustrado de Ovalle, donde consideró a Espinoza Olivares como un celópata. 

En fallo unánime, el tribunal integrado por los jueces Solange Sufán (presidenta), Germán Varas y Francisco Boero (redactor) rechazó la pretensión de la defensa de considerar la ya mencionada atenuante del artículo 11, N° 5, del Código Penal. 

El fallo señala que no se puede aceptar el argumento de que una mujer sea descubierta por su marido agresor manteniendo conversaciones electrónicas con algún otro varón u observando sus fotografías o la sorprenda en un supuesto acto de infidelidad para ser agredida. 

La resolución agrega que las hijas del matrimonio y el funcionario policial Hernández Olave dieron cuenta de múltiples episodios de violencia física y malos tratos ejercidos por el acusado en contra de la víctima. 

Según el fallo, el acusado «se hallaba atravesado por actitudes tradicionales, según las cuales consideraba a su cónyuge como subordinada, atribuyéndole funciones estereotipadas que, en los términos convencionales perpetúan la difusión de prácticas que entrañan violencia o coacción». 

ATON/MM

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