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Pese a que el plazo fatal era este lunes, aún hay miles de pequeñas y medianas empresas que no facturan electrónicamente, según informó el Servicio de Impuestos Internos (SII).
Por el contrario, a la fecha ya 313.642 contribuyentes que son facturadores electrónicos y el 86% del total de facturas que se emiten diariamente en el territorio nacional tienen formato digital, lo que mantiene a nuestro país dentro de los líderes de la Región en esta materia.
Cabe recordar que este 1 de agosto entraba en vigencia la obligación legal para que las pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas urbanas, con ventas anuales entre los $61,5 millones y los $2.562 millones, se sumaran a este sistema al que ya se han incorporado 96.420 de esta categoría.
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Desde el SII recalcaron que la ley que estableció la incorporación paulatina de los distintos segmentos de empresa al sistema de facturación electrónica, en función de los ingresos percibidos durante el año calendario anterior o si la empresa se hallaba en zona urbana o rural.
De esta manera, las empresas de mayor tamaño están facturando electrónicamente desde noviembre del 2014 y ahora les corresponde el turno de las pymes urbanas, las que ya no podrán emitir los documentos tributarios en papel autorizados previamente por el SII y deberán inutilizarlos.
Sin embargo, hasta ahora hay 23.536 contribuyentes pertenecientes a este segmento que todavía no se han sumado al mecanismo, por lo que el SII reiteró su llamado a quienes aún no se han inscrito a utilizar las herramientas de atención y ayuda que el Servicio ha dispuesto especialmente para apoyar el proceso tanto en internet como en todas las oficinas del país, con charlas y apoyo en terreno. En caso de dudas, también pueden acceder a atención telefónica especializada.
Multas para las que aún no se suman
Desde el organismo fiscalizador insistieron que aquellas empresas que continúen emitiendo documentos en papel se exponen a una sanción consistente en una multa por cada documento, que puede variar entre 1 UTM y 12 UTM (entre $47.907 y 550.884 pesos).
De todas maneras, el SII señaló que sólo mientras completa su proceso de incorporación, el contribuyente podría respaldar temporalmente sus operaciones comerciales utilizando guías de despacho en papel debidamente timbradas, para posteriormente emitir la respectiva factura electrónica dentro de los primeros 10 días del mes siguiente.
Asimismo, estas empresas pueden solicitar una excepción a la obligación de operar con factura electrónica siempre y cuando ello obedezca a alguna de las causales establecidas en la propia ley; esto es, no tener acceso a la conexión eléctrica, que en la zona donde se ubica no exista acceso a la conexión de datos, o que la Casa Matriz de la empresa esté ubicada en una zona declarada de catástrofe.
Para estos efectos, deben efectuar la presentación de los antecedentes respectivos en la oficina del SII correspondiente a su domicilio.
DP/PCP