Nacional

Caso Luchsinger: defensora se niega a dejar representación de comuneros

La defensora se presentaría hoy a la audiencia, pese a ser separada del caso y que la Defensoría Penal Pública designara a otro abogado en su reemplazo.

Para hoy está agendada una nueva audiencia por el ataque incendiario que costó la vida de Werner Luchsinger y Vivianne Mackay en 2013. Si bien se prevé el cierre de la investigación, el foco de la sesión se centraría en la situación que enfrenta la abogada defensora Manuela Royo, a quien la Defensoría Penal Pública decidió separar del caso luego de la difusión de un video en que llamaba a una manifestación contra el fiscal Alberto Chiffelle.

PUBLICIDAD

Esa institución notificó a los imputados que reemplazaría a Royo por el abogado Sergio Cáceres. Sin embargo, los comuneros Hernán, Sabino y Sergio Catrilaf rechazaron el cambio de defensor y acusaron a la Defensoría de “confabular por una sentencia condenatoria” en su contra.
Será Royo quien deberá decidir si continúa en el caso o da paso a Cáceres. Ayer la defensora aseguró a Publimetro que no acatará la decisión de sus superiores.

“Hablé con mis representados y ellos no quisieron firmar un patrocinio con otro abogado, así que me mantendré en el caso. Mi lealtad es con ellos, no con las decisiones políticas de quienes están arriba”, afirmó la profesional.

Desde la Defensoría, en tanto, afirman que esperan que la abogada asuma el caso como particular, lo que permitiría al nuevo abogado asumir la defensa. Si ello no ocurre, podrían aplicarse sanciones administrativas contra Royo.

“El vínculo se mantiene y lo mantendré tanto dentro como fuera de la Defensoría”, afirmó la abogada.
Según explica el abogado litigante Gonzalo Ávila, si ambas partes deciden mantener su relación, la Defensoría no tiene atribución para separar de forma arbitraria a la defensora del caso.

“A la abogada le asiste el patrocinio como defensora penal pública. La decisión tomada por la autoridad, si bien puede estar o no ajustada a derecho, sólo va a ocasionar sanciones administrativas que no tienen que incidir con el resultado de la audiencia”, explicó el profesional a Publimetro.

Ávila precisa que debe primar lo señalado en el artículo 19 numeral 3 de la Constitución, según el cual “toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida”

PUBLICIDAD

 

PUB/SVM

PUBLICIDAD

Tags


Lo Último