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Por si no sabía, las cajas de compensación acumulan a julio de este año excesos por más de $5.300 millones y que no han sido cobrados por sus afiliados.
Montos que van desde cifras por debajo de los $10.000 hasta por sobre el $1.000.000 en las cinco cajas existentes en el mercado, según la información entregada por la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso).
Pero ¿cómo se generan estos excesos? ¿cómo saber cuántos dinero tengo ahí esperando? A continuación te lo contamos:
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1. ¿Cómo se generan estos excesos?
La Suseso ha explicado que los excesos se generan principalmente por errores operacionales, derivados principalmente de las siguientes situaciones:
- Duplicidad de pago (pago vía descuento por planilla y posteriormente por ventanilla).
- Mayores pagos de deudores y empresas (errores en prepago de crédito social en caso de finiquito).
- Errores operaciones atribuibles a las propias cajas y que a partir de enero de 2016 se consideran «cobros en exceso».
Al suceder alguna de estas alternativas, el que el dinero no sea cobrado se produce porque la persona se cambia de trabajo o de ciudad y no dan a aviso a sus respectivas cajas.
2. ¿Cómo saber si tengo dinero sin cobrar?
Para saber si tiene algún dinero sin cobrar, puede consultarlo en las oficinas de su caja de compensación o vía web con RUT. A continuación te dejamos los links:
3. Devolución
Las cajas de compensación cuentan con diferentes mecanismos para la devolución de estos excesos, tales como el depósito en la cuenta corriente o vista , pago en efectivo, emisión de un cheque nominativo a nombre del acreedor y transferencia electrónica.
Además estas entidades deben informar en diarios de circulación nacional sobre la existencia de pagos en exceso por créditos sociales, según lo establecido en la normativa, de acuerdo a lo indicado por la Suseso.
4. Se pueden heredar
En caso de muerte del dueño de estos dineros, la Suseso aclara que lo acumulado constituye herencia, acreditándose que se es heredero del fallecido, como ser el hijo de la persona que tenía el crédito en alguna de estas cajas de compensación.
DP/PCP