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Aton Chile
La Corte Suprema acogió el recurso de reclamación presentado por la Fiscalía Nacional Económica (FNE) y aplicó una multa de 508 UTA (unidades tributarias anuales) a la empresa SMU S.A. por incumplimiento de las condiciones impuestas al proceso de fusión de locales.
En fallo dividido, la Tercera Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Pedro Pierry, Rosa Egnem, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz y Manuel Antonio Valderrama– ratificó, además, la multa de 2.334 UTA aplicada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia por incumplir las condiciones primera y tercera de la resolución que autorizó la fusión.
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Asimismo, la sentencia del máximo tribunal establece que la empresa también incumplió la segunda condición, consistente en que, «en tanto no se complete la enajenación de locales indicados en la condición anterior, SMU y sus relacionadas, según corresponda, deberán mantener en operación dichos locales y equiparar los precios existentes en la localidad más cercana que presente condiciones de competencia».
«Resulta acreditado, por una parte, el incumplimiento de la condición segunda y, por otro, la culpabilidad de la empresa, en tanto todas las circunstancias anteriores que configuran la infracción son reconocidas por ella en sus presentaciones de la causa, de lo que se desprende que estaba en conocimiento de que la modalidad utilizada, finalmente, no satisfizo los objetivos que se buscaba lograr», sostiene el fallo.
La decisión se adoptó con el voto en contra de la ministra Egnem.
DP/PCP