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La Cámara de Diputados aprobó este miércoles, con 99 votos, y despachó al Senado a tercer trámite, el proyecto que reforma el sistema de libertad condicional para las personas condenadas a penan privadas de libertad. Dentro de los hechos importantes de la nueva normativa, se destaca una indicación a la moción que resta del beneficio a los sentenciados por delitos de lesa humanidad.
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Tal como lo explicó en su minuto el Ejecutivo, la propuesta, originada en moción en el Senado, se motivó por la entrega de más de 1.600 libertades condicionales en mayo de este año, las que llegaron a sumar cerca de 2.600 en todo el primer semestre, hecho ampliamente cuestionado por la ciudadanía debido al perfil de los internos beneficiados.
La moción acota que toda persona condenada a una pena privativa de libertad de más de un año de duración, podrá postular al beneficio siempre y cuando que haya cumplido la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, además de tener una conducta intachable.
Asimismo, el condenado debe haber sido beneficiado y estar haciendo uso de alguno de los permisos de salida ordinarios establecidos en el Reglamento de Establecimientos Penitenciarios; y contar con un informe favorable de reinserción social elaborado por un equipo profesional idóneo de Gendarmería, que permita orientar sobre los factores de riesgo de reincidencia.
Las personas condenadas a presidio perpetuo calificado sólo podrán postular a la libertad condicional una vez que hayan cumplido 40 años de privación de libertad efectiva. Si la solicitud del beneficio es rechazada, no podrá deducirse nuevamente sino después de transcurridos dos años desde su última presentación. Para el caso de los condenados a presidio perpetuo, se podrá postular sólo una vez cumplidos 20 años de privación de libertad.
A las personas condenadas por delitos de homicidio, homicidio calificado, violación, secuestro, sustracción de menores, detención ilegal, tormentos o rigor innecesario y asociación ilícita, no se les podrá conceder el beneficio de la libertad condicional.
El proyecto también abarca los procedimientos para acceder a la libertad condicional; la composición de la llamada «Comisión de Libertad Condicional»; el mecanismo de reclamación; la adjudicación de la supervisión de los beneficiados a Gendarmería de Chile; el sistema que opera para revocar la medida; y el sistema que operará para que las personas que se encuentren gozando del beneficio de libertad condicional puedan solicitar la libertad completa.
PUB/CM