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DiarioPyme.com/Aton Chile
Con el objetivo de establecer la responsabilidad de los bancos e instituciones financieras emisoras de tarjetas de crédito o débito frente a hurtos, robo o clonaciones que puedan sufrir los usuarios, los senadores Eugenio Tuma, Manuel José Ossandón y Lily Pérez presentaron un proyecto.
«Quienes prestan servicios financieros son responsables de la seguridad de los productos que ofrecen a los usuarios. Es inaceptable que los bancos y emisores transfieran la responsabilidad a sus clientes instándolos a tomar seguros adicionales», manifestó el Tuma.
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Con el proyecto, agregó el integrante de la Comisión de Economía, se delimita la responsabilidad si los usuarios son víctimas de un fraude y se usan sus tarjetas sin su conocimiento y efectúan la denuncia a tiempo, por lo tanto es obligación de los entes emisores responder frente a estos ilícitos, porque lo que se ha vulnerado es la seguridad de operación del servicio por el cual los clientes pagan«, aseguró el legislador PPD de La Araucanía.
La iniciativa estipula que el emisor deberá proveer al consumidor servicios de comunicación, gratuito y permanente, que permitan recibir y registrar los referidos avisos de emergencia.
«Por el mismo medio de comunicación, el banco o institución financiera deberá entregar al cliente un código de recepción, fecha y hora del aviso del siniestro. Adicionalmente, los medios de pago por los que el usuario dio aviso de extravío, hurto o robo, serán bloqueados de inmediato por parte del emisor«, explicó el parlamentario de La Araucanía.
«De esta forma, la sustracción de los datos de una tarjeta de crédito; la clonación de una tarjeta de débito o la obtención por medios fraudulentos de las credenciales necesarias para operar un pago, no podrán ser imputables al usuario cuando éste no estuviese en conocimiento de la operación», especificó el congresista.
Finalmente, el senador PPD aseveró que es preciso terminar con la industria de los seguros para eximir a los usuarios por los fraudes de las tarjetas de crédito y débito.
DP/PCP