Se realizó la Comisión de Constitución del Senado, donde se estudio en general el proyecto de ley que regula la despenalización de la interrupción voluntaria en tres causales.
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En esta comisión estuvieron presentes la Ministra de la Mujer y Equidad de Género, Claudia Pascual; el asesor legislativo, Leonardo Estradé-Brancolí; el abogado de la Biblioteca nacional del Congreso, Matías Meza-Lopehandía y el abogado penalista, José Luis Guzmán.
Este proyecto va en discusión más de cuarenta años, en el gobierno de la Nueva Mayoría mas de dos; considerando a su vez que las encuestas apoyan el proyecto que despenaliza la interrupción del embarazo entre causales en mas de 75%, el cual fue expuesto en la Comisión de Constitución de la sesión anterior por el abogado constitucionalista Luis Villavicencio.
Prestación Gratuita
El abogado José Luis Guzman, que revisaba los artículos de la nueva ley, declaró que la ley esta claramente descoordinado y poco clara. Además sugirió que en los artículos sobre los casos de violación, se incluyera los casos de estupro (delito que consiste en tener una relación sexual con una persona menor de edad, valiéndose del engaño o de la superioridad que se tiene sobre ella) como causal.
Declarando sobre los casos de aborto en los hospitales publico en privados, agregó que las prestaciones medicas deben ser gratuitas para la mujer: “Creo yo, que no resultará intolerable a la organización capitalista chilena, que esta prestación medica sea gratuita para la mujer, cualquiera que sea su régimen previsional a la que esté adscrita, incluso si no tiene ningún régimen previsional. Creo que es la manera en evitar la discriminación entre las mujeres, separadas por situaciones económicas o educacionales”.
La ley protege la vida
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Siguiendo el estudio, el asesor legislativo Estradé-Brancoli, expuso en la comisión las bases de la norma constitucional que rige en la actualidad, desde la época de Pinochet: “La recién instalada Junta Militar designó una Comisión Constituyente (mayoría de derecha, pero integrada también por tres opositores al régimen militar: dos democratacristianos y un socialdemócrata), la que en voto de mayoría interpretó la norma constitucional ‘La ley protege la vida del que está por nacer’ en forma flexible, que autorice al legislador el aborto en ciertos casos, o sea con límites restrictivos, incluyendo cuando peligre la vida o salud de la madre y en caso de violación a ella”, recalcó.
El asesor legislativo relató que “el voto de minoría fue partidario de no incluir dicha norma y prohibir absolutamente el aborto. Similar criterio al voto mayoritario adoptó la propia Junta Militar que ejercía el poder constituyente y el Consejo de Estado de la época. Hacia el final del régimen militar, la Junta Militar ya con otro criterio, se basó en dicho voto de minoría para derogar el aborto terapéutico”.
El abogado de la Biblioteca del Congreso Nacional Matías Meza-Lopehandía hizo presentes los fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que son concordantes con las causales contempladas en el proyecto de ley de interrupción del embarazo en tres causales. En tanto el abogado penalista José Luis Guzmán D’Albora sugirió que además de la violación se debe incluir el estupro como causal.
Incesto y estupro
Ante esta situación, la ministra de la mujer contestó las dudas de los senadores, en relación al incesto y por qué no se incluyeron los casos de estupro en el artículo sobre violación.
“El incesto tiene una consideración distinta en los artículos de las leyes de otros países. En Chile, la violación incluye las relaciones violentas en las familia, que incluye las agresiones y violaciones en el interior de las familias, que da cuenta la situación de incesto”, expresó la autoridad.
“En caso de estupro, en nuestro país está calificado como relaciones consentidas pero viciadas, y pero, por eso en las situaciones de violaciones no se incluyó el estupro, ya que no hay forzamiento, como es la violación”, recalcó la ministra.