Economía

Comenzó el periodo de pago de excesos de Fonasa

Proceso de devolución de estos dineros se extiende hasta el 30 de junio.

Si es usuario de Fonasa, no deje pasar esta información, porque seguramente no sabía que tenía dinero esperando a ser cobrado.

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Este 29 de marzo, el organismo inició el proceso para que las personas cobren los más de $1.400 millones de pesos en excesos acumulados y que no han sido retirados, el que se extiende hasta el 30 de junio.

Cabe recordar las cotizaciones pagadas en exceso, son aquellas que se producen cuando los empleadores pagan en forma errónea las cotizaciones de salud, ya sea por, doble pago Idéntico, doble pago diferente, pago mayor a la tasa, entre otras causales, o cuando los cotizantes realizan en uno o varios meses, pagos de cotizaciones de salud Mayores al Tope Imponible Legal Mensual.

F0nasa explica que las «Propuestas por Devolución de Pagos en Exceso» (DPE), se realizan en base a la información que Fonasa tiene en sus bases de datos, y sólo se incluyen las cotizaciones pagadas para un periodo de cinco años. El proceso actual abarca desde octubre del 2011 a septiembre de 2016, mientras que las anteriores al periodo indicado se encuentran prescritas.

1. Cómo saber si tengo excesos por cobrar

Si usted quiere saber si tiene alguna platita extra esperándolo tiene que ingresar en este LINK. Allí debe poner sus datos de cédula de identidad y aceptar la propuesta.

Una vez que el cotizante o empleador realiza este trámite, debe ingresar sus antecedentes personales y bancarios para hacer efectiva la devolución, indicando la modalidad de pago seleccionada, que puede ser:

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  1. Depósito en Cuenta RUT de Banco Estado (Personas Naturales)
  2. En caja Banco Estado (Personas Naturales) / Vale Vista Banco Estado (Persona Jurídica)
  3. Depósito en Cuenta Corriente, Vista o Ahorro de cualquier banco (Personas Naturales y Jurídicas)

2. De qué depende el monto de excesos a cobrar

Desde Fonasa explican que El proceso de devolución masiva de Cotizaciones Pagadas en Exceso, considera las siguientes condiciones:

  1. Doble Pago Idéntico: esta devolución masiva se hace efectiva al analizar dos planillas de cotizaciones que cumplan con los siguientes criterios: mismo(s) cotizante(s), mismo empleador, mismo período de remuneraciones, misma renta imponible por trabajador, misma cotización pagada por trabajador y además las dos planillas idénticas deben tener diferentes números de series.
  2. Pago mayor al tope imponible: se hace efectiva, cuando el monto de cotizaciones de salud pagadas mensualmente por un cotizante, sobrepasan el monto de la cotización tope legal, calculada de acuerdo al valor de la UF del período analizado:
  1. Para los afiliados al INP/IPS, el tope (fijo) es de 60 UF.
  2. Para los afiliados a una AFP el tope se reajusta año a año. Este es el registro de los topes en los últimos años:
  1. Año 2010: 64,7 UF
  2. Año 2011: 66 UF
  3. Año 2012: 67,4 UF
  4. Año 2013: 70,3 UF
  5. Año 2014: 72,3 UF
  6. Año 2015: 73,2 UF
  7. Año 2016: 74,3 UF
  8. Año 2017: 75,7 UF

3. ¿Cuándo me lo pagan?

Eso dependerá del día en que haga el trámite, estableciéndose el siguiente calendario de pago:

excesosfonasa.jpg

Ojo que si sucede el caso de que su pago electrónico fue rechazado, el pago se realizará mediante la emisión de vales vistas del BBVA, los que tienen una vigencia de 180 días corridos.

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